Duro de matar: Pascua Lama reaparece luego que la Corte Suprema ordena reestudiar el caso

por El Mostrador Mercados.

En octubre de 2018, el Tribunal Ambiental de Antofagasta determinó la clausura definitiva del proyecto minero. Sin embargo, esta determinación quedó en duda luego que la Corte Suprema revirtiera la sentencia y pidiera la revisión del caso. El organismo ahora tendrá que volver a evaluar el proyecto por orden del máximo tribunal del país que revive las cinco causales de paralización definitiva del proyecto cuya construcción comenzó hace ya 10 años.

Por dos votos a favor y uno en contra, el Primer Tribunal Ambiental aprobó en octubre del año pasado la sanción de clausura administrativa del proyecto minero Pascua Lama, ubicado en la comuna de Alto del Carmen, en la Región de Atacama. Sin embargo, el proyecto podría ver la luz nuevamente ya que la clausura definitiva deberá ser revisada nuevamente por el organismo, aunque con la conformación de otros ministros.

Dicha resolución fue tomada respecto de una de las cinco infracciones, decretadas por la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), sobre la Compañía Minera Nevada SpA, filial de la trasnacional canadiense Barrick Gold y titular del proyecto.

Tribunal Ambiental decretó la clausura definitiva del proyecto minero Pascua Lama

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Sin embargo, la Corte Suprema falló a favor de Barrick Gold y dejó sin efecto el cierre definitivo del proyecto de oro y cobre Pascua Lama. Esto tras la presentación de un recurso de queja interpuesto por la empresa Agrícola Dos Hermanos Limitada, que acusó a los ministros del tribunal ambiental de Antofagasta que participaron de la resolución – Marcelo Hernández, Mauricio Oviedo y Daniel Guevara- de cometer falta o abuso grave en la sentencia.

De acuerdo al recurso, la decisión solo se tomó en consideración de la consulta de la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA), respecto a si procedía o no la clausura de la iniciativa, dejándose dos reclamaciones interpuestos frente al caso, en otra línea procesal.

En concreto, el tribunal ordena corregir un grave error procedimental del Tribunal Ambiental de Antofagasta, que se pronunció separadamente sobre la consulta de la SMA, dejando de lado las reclamaciones de los interesados, una de la cual es la presentada por la Compañía Minera Nevada SpA.

Con esta resolución, la Corte Suprema revive las cinco causales de paralización definitiva del proyecto cuya construcción comenzó hace ya 10 años y que la comunidad del Valle del Huasco ha denunciado que fue aprobado a costa de corrupción y de violación de los derechos humanos y ancestrales de los habitantes del territorio.

Ahora, nuevos ministros del Tribunal Ambiental deberán revisar la iniciativa, ya que el máximo tribunal resolvió un recurso de queja que acusaba a los anteriores -Marcelo Hernández, Mauricio Oviedo y Daniel Guevara- de cometer falta o abuso grave en la dictación de la sentencia.

17 marzo, 2019

Fuente: https://www.elmostrador.cl/destacado/2019/03/17/fantasma-de-pascua-lama-reaparece-luego-que-la-corte-suprema-ordenara-reestudiar-el-caso/


Anexo recordatorio [Editor CT]

Tribunal Ambiental decretó la clausura definitiva del proyecto minero Pascua Lama.

por José Olavarría/ El Mostrador.

La resolución fue votada por dos votos a favor y uno en contra. El ministro Daniel Guevara fue el único que votó en contra, pues consideró que la medida contraviene los principios constitucionales de tipicidad, ya que la infracción y la metodología de determinación no están claramente establecidos por ley con anterioridad.

Por dos votos a favor y uno en contra, el Primer Tribunal Ambiental aprobó la sanción de clausura administrativa del proyecto minero Pascua Lama, ubicado en la comuna de Alto del Carmen, en la Región de Atacama.

Dicha resolución fue tomada respecto de 1 de las 5 infracciones sobre la Compañía  Minera Nevada SpA.

«El tribunal lo que hace es aprobar la sanción de clausura definitiva decretada por la Superintendencia del Medio Ambiente, pero solo respecto de una de las cinco infracciones por las cuales se elevó en consulta la resolución administrativa», dijo Mauricio Oviedo, uno de los magistrados que votó a favor de la clausura.

Oviedo agregó que «la Superintendencia del Medio Ambiente queda habilitada para ejecutar la sanción de clausura definitiva que decretó en su oportunidad».

El ministro Daniel Guevara fue el único que votó en contra, pues consideró que la medida contraviene los principios constitucionales de tipicidad, ya que la infracción y la metodología de determinación no están claramente establecidos por ley con anterioridad.

12 octubre, 2018.

Fuente: https://www.elmostrador.cl/noticias/pais/2018/10/12/tribunal-ambiental-decreto-la-clausura-definitiva-del-proyecto-minero-pascua-lama/

1 Comment

  1. Diario La Tercera entrega información falsa

    17 de Marzo de 2019

    OLCA Desmiente que Fallo de Corte Suprema habría revertido Clausura definitiva de Pascua Lama

    Señor director
    Diario La Tercera:

    Ustedes difundieron el 16 de marzo «Corte Suprema revierte clausura de Pascua Lama y ordena al Tribunal Ambiental revaluar el caso». Esto no solo es un error, sino que es falso y requiere ser corregido.

    El fallo de la Corte Suprema no se pronuncia sobre las 5 sanciones de CLAUSURA TOTAL Y DEFINITIVA del proyecto minero Pascua Lamas decretadas por el Superintendente del Medio Ambiente (SMA) en Resolución Ext. Num. 72 del 17 de enero del año 2018, Solo ordena corregir un grave error procedimental del Tribunal Ambiental de Antofagasta, que se pronunció separadamente sobre la consulta de la SMA, dejando de lado las reclamaciones de los interesados, una de la cual es la presentada por la empresa Compañia Minera Nevada SpA (CMN), filial de la trasnacional Barrick Gold

    También, la alusión al Tribunal Ambiental es engañosa, pues la normativa exige que los cargos que conlleven sanciones de CLAUSURA sean visados por el Tribunal Ambiental correspondiente, y es eso lo que debe “revaluar” la entidad judicial que estaba rechazando 4 de las 5 sanciones de clausura.

    Con ello la Corte Suprema revive, y no «revierte», como señala la noticia, las 5 causales de paralización definitiva del proyecto cuya construcción comenzó hace ya 10 años.

    El titular del 16 de marzo es preocupante por que induce a graves errores de interpretación. Y además, porque ayuda a la alicaída Barrick Gold a enfrentar en mayo próximo la asamblea de accionistas, mostrando algo parecido a avances positivos en este proyecto inviable que hace más de 15 años la comunidad del Valle del Huasco ha denunciado que fue aprobado a costa de corrupción y de violación de los derechos humanos y ancestrales de los habitantes del territorio.
    Sinceramente esperamos que no sea así, y que en la misma cantidad de caracteres y en el mismo espacio en que apareció esta nota, se dé cuenta de la real situación por la que atraviesa el proyecto, señalando que las sanciones de la SMA emitida luego de más de 6 años de investigación, está plenamente vigente, y que determina la clausura por grave incumplimiento de la CMN SpA de sus obligaciones ambientales. Esta resolución sancionatoria es la que debe ser nuevamente analizada por el Tribunal Ambiental, conjuntamente con las reclamaciones presentadas, atendiendo ahora las 5 y no solo una de las causales, como se había pretendido.

    Entendemos que en un caso tan extenso y complejo, puede haber confusiones de parte de los medios, pero esto le ocurre a La Tercera siempre en favor de los intereses de la compañía minera, de hecho el 18 de febrero reciente el diario tituló “Corte Suprema rechaza demanda contra proyecto minero Pascua Lama”, inflando un asunto completamente tangencial al conflicto socioambiental, referido al juicio de un particular que busca hace años sacar rédito económico disputando las pertenencias mineras con la empresa.

    Estamos dispuestos a entregar todos los antecedentes que un periodismo serio e imparcial requiere y esperamos la íntegra publicación de estas letras.

    Atentamente
    Lucio Cuenca,
    director Observatorio Latinoamericano de Conflictos Ambientales OLCA

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