Juicio y castigo para los criminales, partiendo por Piñera.

Sindicatos mineros le dan un portazo al Gobierno: Diálogo sólo será posible si se aclaran asesinatos y violaciones a los DD.HH. en marchas.

En el comunicado subrayan que “somos parte integral de esta clase trabajadora que sufre y que hoy se manifiesta en las calles, por esta acumulación de rabia ante los atropellos e injusticias que este Gobierno y otros han golpeado sistemáticamente a nuestra sociedad, de la cual somos parte”.

“Los atropellos e injusticias a nuestros derechos son más profundos y no sólo son algo circunstancial de este nefasto Gobierno, sino que responden a un ordenamiento mayor, a un sistema capitalista y extractivista que estratégicamente responde a intereses económicos y políticos, mas no a las necesidades legitimas de los pueblos”, advierten.

En esa línea, declaran que “ante los intentos gubernamentales de abrir espacios de diálogo con el sector minero declaramos nuestro rechazo a estas estratagemas“.

Los sindicatos acusan que “mientras exista violencia institucional a través de la imposición de un Estado de Excepción por motivos políticos, con Fuerzas Armadas, Carabineros y Policía civil en las calles oprimiendo y vulnerando los derechos de quienes nos manifestamos legítimamente no se podrá llegar a ningún acuerdo fructífero”.

No estamos disponibles a estos intentos y maquinaciones mientras no se den las condiciones necesarias para el esclarecimiento de todos los asesinatos a manos de las fuerzas opresoras del Estado, y se clarifiquen las cifras reales de heridos y los graves atropellos y vulneración de derechos, tales como: la tortura, abusos de connotación sexual, uso excesivo de fuerza, secuestros y detenciones ilegales”, agregaron.

Para ellos, “se requiere que estos procesos sean realizados por un organismo internacional junto con el Instituto Nacional de Derechos Humanos y con todas las garantías y medidas judiciales correspondientes”.

“De igual manera declaramos que de existir en algún momento espacios o condiciones para dar solución a estos conflictos, no estamos disponibles para que estos se realicen por las vías parlamentarias, menos con las influencias e intereses de los partidos políticos”, puntualizan.

Es más, consideran que “es absolutamente necesario que estos espacios sean representados por los propios trabajadores y sus organizaciones legítimamente respaldadas y validadas por la decisión soberana de nuestras bases y las fuerzas vivas del pueblo. Participando siempre junto a otras organizaciones o gremios de trabajadores y de la sociedad civil”.

Fuente: https://www.theclinic.cl/2019/10/29/sindicatos-mineros-le-dan-un-portazo-al-gobierno-dialogo-solo-sera-posible-si-se-aclaran-asesinatos-y-violaciones-a-los-dd-hh-en-marchas/


Baltasar Garzón: “Tarde o temprano Sebastian Piñera pagarás los delitos de DDHH cometidos en Chile”.

Presidente:

Soy Baltasar Garzón, el juez español que ordenó la detención de Augusto Pinochet en Londres el 16 de octubre de 1998. No le conozco, ni he mostrado interés en hacerlo. Sí lo he hecho con todos los demás presidentes democráticos de su país, al que tanto quiero. Quizás por el cariño hacia el pueblo chileno y por la defensa que siempre he hecho de las víctimas, mi defensa de los pueblos originarios y de los más vulnerables, he decidido dirigirle esta misiva con profundo dolor e indignación por lo que está ocurriendo en Chile.

Señor Presidente, tal parece que chilenas y chilenos han dicho basta. Y lo están diciendo fuerte y claro. Se trata de un estallido social espontáneo que no está dirigido por partido político alguno. Una simple protesta estudiantil por el alza en el billete de metro, severamente reprimida por la policía, Carabineros de Chile, fue la mecha que encendió la rabia y la ira acumulada durante casi treinta años. Ellos han sido los ejecutores de una medida política ordenada por su gobierno.

Señor Presidente, convendrá conmigo que, debajo del pretendido milagro económico que muchos atribuyen a Pinochet, un modelo de desarrollo mantenido por la transición chilena y la posterior democracia, se esconde el triste récord de ser uno de los diez países más desiguales del mundo, al mismo nivel de Ruanda, según el índice Gini aplicado por el Banco Mundial. Es cierto que en el país existe desarrollo y mucha riqueza, pero sólo para una reducida élite política y empresarial. Así mismo, Chile posee también unas cifras macroeconómicas inmejorables, con un sostenido crecimiento durante décadas, pero con un paulatino y constante empobrecimiento y endeudamiento de la inmensa mayoría de la ciudadanía, que este año alcanzó su máximo histórico, según la prensa y el propio Banco Central. Su país, señor Presidente, también ingresó hace años en el selecto club de las naciones ricas, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), como flamante país desarrollado, con altos niveles de productividad y competitividad, pero, nuevamente, a costa de bajos salarios de los trabajadores y de una casi total desprotección social.

Como la máxima autoridad política, usted debe saber que la Constitución que rige actualmente en Chile fue adoptada en plena dictadura militar, mediante la celebración de un referéndum que tuvo lugar mientras los testaferros de Pinochet torturaban, asesinaban y desaparecían a los opositores políticos. Esa Constitución experimentó varias modificaciones para hacer posible la transición y luego la entrada en democracia, y ha sido reformada después en innumerables ocasiones, pero su espíritu y su orientación sigue siendo la misma. No hay un Estado “social” y democrático de Derecho, sino un Estado “liberal” o “neoliberal” o “subsidiario” de Derecho. Ello implica que, salvo excepciones, los servicios públicos del Estado son de mala calidad, pensados para personas de muy escasos recursos o indigentes, por lo que quien quiera acceder a ellos en condiciones adecuadas, debe contratarlos en el mercado. Así ocurre con la educación, con la sanidad, con las pensiones, con el transporte y con un largo etcétera. Realmente, pese a los esfuerzos de algunos gobiernos progresistas, no existe Estado de Bienestar. En la lógica neoliberal el Estado debe ser pequeño, lo más pequeño posible, por lo que si alguien quiere acceder a servicios de calidad, debe pagarlos con sus propios recursos, convirtiendo así a ciudadanas y ciudadanos en meros consumidores de servicios privados.

Es por ello, señor Presidente, que en los últimos años se han dejado ver las protestas de estudiantes secundarios y universitarios, de pensionistas, de trabajadores que reclaman un sueldo digno, sin que sus demandas hayan sido debidamente atendidas. Se ha hecho patente el descontento, la falta de expectativas, la indiferencia de las autoridades y sus promesas incumplidas, sumado a millonarios escándalos de corrupción de grandes empresas, de políticos, incluso del Ejército, del propio cuerpo de Carabineros de Chile y, cómo no, de usted mismo. Usted está acusado de enriquecerse presuntamente en forma ilícita en la dictadura y de evadir impuestos de bienes inmuebles durante treinta años. Todo ello hizo que una leve alza en el precio del metro fuera la gota que rebosó el vaso, unida a una descontrolada y brutal represión policial sobre estudiantes secundarios.

La violencia engendra violencia

Quizás no le guste oír esto, pero usted, como presidente, frente a una protesta social sin precedentes en democracia, y con los neoliberales herederos de Pinochet que gobiernan actualmente el país, no han encontrado mejor salida que implementar una estrategia que conocen muy bien: acudir al Ejército para que los militares nuevamente salgan a la calle a reprimir a la gente.

De más está decir que la violencia engendra más violencia, que no se puede combatir el fuego con gasolina, que con los militares en la calle tarde o temprano habrá heridos graves y más muertos. El ejército no está preparado para controlar el orden público, sino para hacer la guerra, para doblegar al enemigo o destruirlo. Siempre que los militares salen a la calle, incluso si es para “combatir” o “luchar” en una supuesta guerra a la delincuencia, las cosas no han hecho más que empeorar. La delincuencia, los saqueos y desmanes no cesan, sino que a ellos se suma la violencia estatal, que se ejerce de manera indiscriminada y que luego se oculta de la peor manera para garantizar su impunidad. Pero, señor Presidente, usted y el gobierno que dirige se equivocan de objetivo: El pueblo no es el enemigo sino la víctima, y al pueblo hay que protegerlo y no castigarlo con medidas de excepción.

“¡Hemos perdido el miedo!”, dicen chilenas y chilenos en redes sociales, “¡Chile despertó!”, es uno de los lemas de este movimiento social espontáneo que ya comienza a organizarse. “¡Esto no ha hecho más que empezar!”, aseguran otros. “¡Tenemos que seguir!”, afirma un campesino al ver cómo ante las protestas, aquel río seco ayer fluye hoy a caudales después de que una importante empresa liberase el agua injustamente arrebatada a quienes subsisten de la agricultura.

Por nuestra parte, seguimos y seguiremos muy atentos a lo que ocurre en Chile. Sepan que las violaciones de los derechos humanos que se están cometiendo y los crímenes perpetrados en contra de la población civil, esta vez no quedarán en la impunidad porque, además de la Fiscalía de Chile y del Instituto Nacional de Derechos Humanos, existe la Jurisdicción Universal, existe la Corte Penal Internacional, el Sistema Interamericano de Derechos Humanos y una comunidad internacional atenta y vigilante, que no permitirá que en Chile se vuelvan a repetir los horrores del pasado.

No le quepa duda, señor Presidente, que no somos de la opinión del secretario general de la OEA, que echa la culpa de todo lo que ocurre en Latinoamérica a Cuba, Venezuela, Rafael Correa, Lula da Silva, Cristina Fernández de Kirchner o Alberto Fernández y de quienes discrepan de la ola neoliberal que nuevamente con el patrocinio del norte, como aconteciera en los años 70, asola el continente. Esta vez no nos vamos a dejar engañar ni humillar por aquellos que de nuevo quieren avasallar y acabar con la resistencia y expresión democráticas del pueblo.

Fuente: https://www.elinformadorchile.cl/2019/10/25/baltasar-garzon-tarde-o-temprano-sebastian-pinera-pagaras-los-delitos-de-ddhh-cometidos-en-chile

Sobre la responsabilidad del Presidente de la República por crímenes perpetrados bajo el estado de emergencia.

Por Juan Pablo Mañalich R.

El entorno del Presidente Piñera parece no advertir que si los militares y policías desplegados durante el estado de emergencia llegan a cometer delitos de lesa humanidad, él podría llegar a tener responsabilidad penal como autor. El columnista explica las condiciones en que esto podría configurarse y argumenta, además, que desde el punto de vista del derecho penal internacional, el Jefe de Estado podría llegar a ser responsabilizado por eventuales crímenes cuya perpetración no impidió, si se demuestra que hizo caso omiso de información de que esos crímenes se iban a cometer.

En una declaración emitida el miércoles 23 de octubre, el Ministro de Justicia se refirió a presuntos delitos perpetrados por agentes de las Fuerzas Armadas y de Orden bajo la vigencia del estado de emergencia decretado por el Presidente de la República. Sobre ello dijo que “todos los que tengan responsabilidades deberán sufrir las consecuencias si se constatan acciones delictivas”.

Las declaraciones y el comportamiento de otros personeros de Gobierno, incluido el mismo Presidente de la República, hacen dudar de que en su entorno inmediato exista claridad acerca de quiénes pudieran llegar a tener responsabilidad por tales delitos.

Desde el punto de vista del derecho interno, las normas pertinentes van más allá del Código Penal, pues también es aplicable la Ley 20.357 -vigente desde el 18 de julio 2009-, que tipifica crímenes de lesa humanidad, genocidio y crímenes de guerra. Esa ley habilita a los tribunales chilenos para conocer buena parte de los crímenes sobre los cuales la Corte Penal Internacional puede llegar a ejercer su jurisdicción “complementaria”.

Entre esos delitos figuran, por ejemplo, la tortura y la desaparición forzada de personas.

Crédito: Migrar Photo
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Las reglas contenidas en la Ley 20.357 complementan y modifican la regulación penal general. Por ejemplo, su art. 40 declara imprescriptibles tanto la acción penal respecto de los crímenes tipificados, como las penas que eventualmente se impongan. A su vez, el art. 35 fija las condiciones bajo las cuales pueden resultar responsables, como autores, los civiles o uniformados que ostenten la calidad de “autoridades o jefes militares”. Esto incluye, en primerísimo lugar, a quien sea Jefe de Estado al momento de ser cometidos los crímenes.

Para que los delitos eventualmente perpetrados por agentes policiales o militares bajo la vigencia del estado de emergencia puedan resultar constitutivos de crímenes de lesa humanidad (tipificados en la Ley 20.357) es necesario que cumplan las condiciones establecidas en su art. 1º.

Estas condiciones son: (1) que las acciones constitutivas de los delitos formen “parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil”; y (2) que este ataque “responda a una política del Estado o de sus agentes; de grupos armados organizados que, bajo la dirección de un mando responsable, ejerzan sobre algún territorio un control tal que les permita realizar operaciones militares, o de grupos organizados que detenten un poder de hecho tal que favorezca la impunidad de sus actos”.

La propia ley define, en su art. 2º, qué se entiende por un ataque “generalizado” o “sistemático”: el ataque es generalizado cuando consiste en “un mismo acto o varios actos simultáneos o inmediatamente sucesivos, que afectan o son dirigidos a un número considerable de personas”; es sistemático, en cambio, cuando consiste en “una serie de actos sucesivos que se extienden por un cierto período de tiempo y que afectan o son dirigidos a un número considerable de personas”.

Crédito: Migrar Photo

Serán los tribunales los que deben establecer, sobre la base de la persecución penal que pueda iniciar el Ministerio Público, si las condiciones recién reseñadas pueden haberse cumplido. Pero en principio es difícil poner en cuestión que las circunstancias que acompañan al actual estado de emergencia vuelven concebible que los acontecimientos se estén desarrollando en una dirección que pueda llevar a ello.

Al respecto, cabe subrayar que la existencia de una política de Estado que sirva de contexto a la posible comisión de los crímenes en cuestión, según lo exige el art. 1º de la ley, no necesariamente tendrá que haber sido reconocible al inicio de la situación durante la cual haya tenido vigencia el estado de emergencia. Es perfectamente imaginable, en cambio, que esa política de Estado se haya vuelto suficientemente reconocible en algún momento o a partir de un hito posterior.

Sería irresponsable obviar la importancia de esta última observación. Tanto el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) como el propio gobierno de Chile han validado públicamente información que vuelve fundada la sospecha de que, durante la vigencia del estado de emergencia, miembros de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad desplegadas han perpetrado delitos que podrían resultar punibles bajo la Ley 20.357, a saber: homicidio (art. 4º) y tortura (art. 7º Nº 1). Es incierto, pero en ningún caso descartable, que a aquellos pudieran añadirse crímenes de lesión corporal gravísima (art. 5º Nº 2), de privación ilegal de libertad por más de cinco días o de secuestro calificado (art. 5º Nº 7), así como de abuso sexual calificado (art. 5º Nº 8).

El punto crucial es, en cualquier caso, el siguiente. Según el art. 35 de la Ley 20.357, las personas que hayan ocupado las posiciones de máxima autoridad civil o de jefatura militar, y que, pudiendo hacerlo, no hayan impedido la perpetración de crímenes (de aquellos tipificados en la misma ley) de los cuales hayan tenido conocimiento, resultan responsables como autores de esos crímenes.

El art. 35 formula, así, una versión considerablemente más estrecha de la regla sobre “responsabilidad de los jefes y otros superiores”, contenida en el art. 28 del Estatuto de Roma, que fija el derecho aplicable por la Corte Penal Internacional. Al margen de otras diferencias, ese art. 28 hace posible afirmar la responsabilidad, entre otros, del Jefe de Estado respectivo que, aun no teniendo conocimiento de los crímenes cuya perpetración no impidiera, “deliberadamente hubiere hecho caso omiso de información que indicase claramente que los subordinados estaban cometiendo esos crímenes o se proponían cometerlos”.

Esto último debería ser tenido en cuenta en el análisis prospectivo de la responsabilidad penal que, desde el punto de vista del derecho internacional, pudiera llegar a ser atribuible al Presidente de la República, en referencia a los hechos punibles perpetrados por agentes de Carabineros y del Ejército bajo la vigencia del estado de emergencia que él decretó.

Este artículo es parte del proyecto CIPER/Académico, una iniciativa de CIPER que busca ser un puente entre la academia y el debate público, cumpliendo con uno de los objetivos fundacionales que inspiran a nuestro medio.

CIPER/Académico es un espacio abierto a toda aquella investigación académica nacional e internacional que busca enriquecer la discusión sobre la realidad social y económica.

Hasta el momento, CIPER/Académico recibe aportes de tres centros de estudios: el Centro de Estudios de Conflicto y Cohesión Social (COES), el Centro de Estudios Interculturales e Indígenas (CIIR) y el Instituto Milenio Fundamentos de los Datos (IMFD). Estos aportes no condicionan la libertad editorial de CIPER.

Fuente: https://ciperchile.cl/2019/10/25/sobre-la-responsabilidad-del-presidente-de-la-republica-por-crimenes-perpetrados-bajo-el-estado-de-emergencia/

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