Chile carcelario: Prisioneros políticos de la CAS y otros presidios continúan huelga de hambre.

La libertad condicional como derecho: Presos políticos cumplieron 44 días en huelga de hambre por modificación del decreto 321.

por Opazo/El Ciudadano.

HUELGA DE HAMBRE día 45 (desde el 22 de marzo)
 
Mónica Caballero en la Cárcel de Mujeres de San Miguel
Marcelo Villarroel, Joaquín García, Juan Flores en la Cárcel de Alta Seguridad (CAS)
Francisco Solar, en la sección de Máxima Seguridad
Pablo Bahamondes, Santiago 1
 
ABAJO LOS MUROS DE LAS PRISIONES
LIBERTAD SIN CONDICIONES
 
Otro aspecto importante en la movilización tiene que ver con la exigencia de libertad para Marcelo Villarroel, quien tiene una condena impuesta por la justicia militar, siendo la única persona en el país condenada por estos tribunales.

[Por otra parte], desde el lunes 26 de abril más de 30 presos de la cárcel de alta seguridad se encuentran realizando una huelga de hambre, la cual busca denunciar el régimen de aislamiento extremo al cual están sometidos y dar a conocer una serie de abusos cometidos por Gendarmería, tales como prohibirles las video llamadas y realizar violentos allanamientos a sus celdas, procedimientos donde además se juntan, en un mismo espacio, los internos sanos con los enfermos de Covid.

Foto: @LilithGeraldine (Twitter)

La acción se suma a la movilización iniciada por un grupo de presos políticos anarquistas hace 44 días, en la que exigen la derogación del artículo 9 y la restitución del artículo 1 del decreto ley 321, que rige las libertades condicionales, y la libertad para el preso político Marcelo Villarroel, para los presos de la revuelta social, y para los presos mapuche.

Sobre los decretos, recordemos que en 2016 se realizó una modificación debido a la «alarma» que generó en la opinión pública la posible salida en libertad condicional de 1800 internos en todo el país. Así surgió la ley 20.931, que estableció en su artículo 7 la modificación del decreto ley 321 en su artículo 3, consolidando aspectos como el cumplimiento de 2/3 de la condena para optar a la libertad condicional en delitos como robo, hurto, receptación y otros de crímenes de mayor violencia.

La modificación también igualó estos delitos con otros de máxima gravedad, como femicidios, parricidios, violación e infanticidio. Asimismo, incorporó a esa lista el «homicidio de miembros de las Policías y Gendarmería de Chile, en ejercicio de sus funciones».

Dos años después vino otra modificación, cuando en junio del 2018, con Piñera ya instalado en La Moneda, se otorgó la libertad condicional a 7 criminales de lesa humanidad. Esto motivó a que desde el Congreso se pidiera «subir el estándar de requisitos para adquirir la libertad condicional a criminales de guerra, genocidas o quien haya cometido crímenes de lesa humanidad», dando como resultado la promulgación de la Ley 21.124, de carácter «retroactivo», el 18 de enero del 2019.

Justamente, al inicio de la huelga, los presos políticos difundieron una declaración pública donde indicaron que «de modo simple, (pedimos) que no haya retroactividad en la modificación de la ley que regula la libertad condicional, y que ésta vuelva a ser un derecho adquirido de la persona presa y no un beneficio como hoy lo estipula la ley transformada permanentemente en función de la razón de Estado para mantener secuestradxs a quienes luchan contra la normalidad de lo existente» (lee la declaración completa acá).

Al respecto, desde el Observatorio Social Penitenciario explicaron que «esta nueva modificación, que por primera vez establecía la existencia de los criminales de lesa humanidad, lejos de servir para mantener a estos en privación de libertad, fue utilizada y aplicada a todos los condenados, sin distinción».

Lo anterior, agregan, considerando que en ninguna parte se menciona que dichos estándares serían aplicados a la población penal común o social, es decir, todos quienes hayan cometido delitos comunes y que no son, ni fueron, agentes del estado.

Para el Observatorio, hay que diferenciar a la población penal en dos sectores: por una parte, la población penal social que sería toda «persona de a pie», y los criminales de lesa humanidad, que serían todos aquellos agentes del Estado que ejecutaron o ejecutan violencia política contra la población civil.

Estos y otros aspectos han venido siendo explicados por la Coordinadora 18 de Octubre, a través de varias piezas gráficas publicadas en redes sociales y medios independientes, donde se detallan los alcances del decreto 321.

Otro aspecto importante tiene que ver con la exigencia que levantan los presos anarquistas respecto a otorgar la libertad a Marcelo Villarroel, prisionero político que tiene una condena impuesta hace 25 años por la justicia militar, siendo la única persona en el país condenada por este tipo de tribunales.

En este punto, se apunta a la modificación de los plazos de postulación de Villarroel a la libertad condicional, los cuales correspondían al 2019, pero ahora, debido a la retroactividad de la ley, serían recién en 2036, «aplicándole de manera arbitraria un presidio perpetuo encubierto que pretende tenerlo en prisión por más de 40 años», advirtieron los presos movilizados.

Sobre este tema, y todo lo relacionado con la movilización de los presos, la Coordinadora 18 de Octubre va entregando un boletín semanal el cual se puede revisar en cualquiera de las redes sociales de la agrupación: Twitter, Facebook o Instagram.

 

1 Comment

  1. Mientras Cabieses ensalza a Pamela Jiles por ser nieta de Caffarena y su feminismo burgués, Álvaro Ramis opera como cualquier rector reaccionario en la UAHC y Candia Cares le tira loas indirectas a Jadué («un gran alcalde que no echaban de las marchas»). Todos ellos eran número puesto en PF antes de que feneciera…

    https://www.elclarin.cl/2021/05/02/un-misterio-llamado-pamela-jiles/

    https://interferencia.cl/articulos/acusan-rector-ramis-de-atentar-contra-la-democracia-de-la-uahc-con-despidos-masivos-y

    https://www.elclarin.cl/2021/04/29/solo-hemos-perdido-algo-mas-de-treinta-anos/#comment-29962

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