Chile de la impudicia: Eduardo Arriagada Rehren, un médico criminal de la dictadura.

[Corte] Suprema confirma expulsión del Colegio Médico de exdirector de la siniestra Clínica London de la DINA que había pedido su reingreso.

por El Mostrado.

Eduardo Arriagada Rehren, médico pediatra con especialidad broncopulmonar infantil, fue expulsado de la orden por delitos de lesa humanidad. El ministro Alejandro Madrid, el mismo del caso del magnicidio de Eduardo Frei Montalva, lo condenó en primera instancia por envenenar a presos comunes y militantes del MIR internos en la ex Cárcel Pública en 1981.

En fallo unánime, la Tercera Sala de la Corte Suprema confirmó la sentencia que rechazó el recurso de protección presentado en contra del Colegio Médico por el médico Eduardo Arriagada Rehren, quien buscaba revertir su expulsión de la orden gremial.

Arriagada es médico pediatra, con especialidad broncopulmonar infantil, y tiene un siniestro prontuario durante la Dictadura, al punto que se encuentra condenado por el ministro Alejandro Madrid –el mismo del fallo respecto del magnicidio de Eduardo Frei Montalva– por el envenenamiento de presos comunes y militantes del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR) en la ex Cárcel Pública en 1981.

Se trata de una condena de primera instancia a 20 años de presidio que data del 3 de abril del 2017 como autor de delitos de lesa humanidad por dos homicidios calificados y otros cinco frustrados en la desaparecida Cárcel Pública. En esa instancia, también fue condenado el veterinario Sergio Rosende Ollarzú. La sentencia no está ejecutoriada.

En la resolución, donde el Colegio Médico justifica la expulsión del doctor Eduardo Arriagada de la orden, se señala que sus “actividades desplegadas en la época en que ocurrieron los hechos que fundamentan su condena a veinte años de presidio, según sus propias declaraciones y más allá de la participación en los homicidios por los que fue condenado, son prueba suficiente de que se apartó completamente del ejercicio de la Medicina para incursionar en actividades ajenas a los fines de esta profesión, vulnerando gravemente la ética médica”.

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Nexo con el caso Frei

Pero la trayectoria en Dictadura de Arriagada, quien tiene la condición de general en retiro, va más allá, porque también fue director de Sanidad del Ejército, director del Instituto Bacteriológico de la misma institución y estuvo al mando de la Clínica London de la DINA. Este recinto clandestino, ubicado en la calle Almirante Barroso n.º 162, en el centro de Santiago, sirvió como clínica clandestina y estuvo vinculada a diferentes hechos de tortura y desapariciones durante la época de la represión política.

La Clínica London se cruza con el caso Frei, pues allí se desempeñó el grupo de médicos que trabajaba en la Clínica Santa María que atendió al exmandatario.

De hecho, Arriagada prestó declaración en el marco del caso Frei, luego que la familia del expresidente lo mencionara, junto con el Laboratorio de la DINA, como sospechosos por su pericia en el ámbito bacteriológico y las evidencias sobre el uso de venenos en el magnicidio.

De hecho, el fallo del ministro Madrid por el caso Frei menciona la declaración de Arriagada, señalando que el médico “solicitó autorización para pedir una entrevista con don Eduardo Frei Ruiz Tagle, para aclararle su nula participación en la muerte de su padre. Que la entrevista le fue negada, por lo cual llamó por teléfono al doctor Patricio Silva para que le hiciera el contacto con la secretaria de don Eduardo Frei Ruiz Tagle, o con la familia, a lo que el doctor Silva le respondió que no tenía ya ningún contacto con dicha familia y procedió a darle su versión sobre los hechos, los cuales hizo saber al Tribunal. Que fue la única vez que tomó contacto telefónico con él y deja constancia que con posterioridad quien lo recibió fue el abogado Álvaro Varela”.

“Justificación y legitimidad” de la expulsión

En la resolución, que mantiene al exmédico de la DINA expulsado del colegio al que perteneció por más de 40 años, la sala de la Suprema, integrada por los ministros Sergio Muñoz, María Eugenia Sandoval, Ricardo Blanco, Arturo Prado y Ángela Vivanco, ratificó la sentencia de la Corte de Apelaciones que desestimó la acción cautelar interpuesta por la defensa del profesional.

En su recurso, el médico alegó que su expulsión constituye un “acto arbitrario e ilegal que priva y perturba a su representado en el ejercicio de los derechos constitucionales establecidos en el artículo 19 n.° 3 incisos 5° y 6° y, n.° 4, respectivamente, de la Constitución Política de la República”.

Sin embargo, en el fallo, los ministros de la Suprema estiman que “ha quedado de manifiesto que la acción de expulsión aparece racional y apoyada en motivaciones suficientes que resultan idóneas, como asimismo dotadas de justificación y legitimidad”.

Igualmente, los ministros advierten sobre un procedimiento de forma, señalando que “la vía idónea para impugnar la resolución de la recurrida, tal como lo previene la Constitución Política de la República, es el recurso de apelación, y no esta acción cautelar”.

Fuente: https://www.elmostrador.cl/noticias/pais/2019/03/05/suprema-confirma-expulsion-del-colegio-medico-de-exdirector-de-la-siniestra-clinica-london-de-la-dina-que-habia-pedido-su-reingreso/


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