Por Carolina Sepúlveda.
Durante la semana recién pasada tuvimos el tremendo agrado y privilegio de escuchar en diversas ponencias y seminarios a la gran antropóloga e intelectual feminista argentina, Rita Laura Segato. Los aportes que ha hecho a través de sus investigaciones y libros no son desconocidas para las activistas y militantes del feminismo, lo cual explica la efervescencia que se produjo entre los círculos feministas, y la masiva convocatoria que tuvieron sus tres ponencias en Santiago. Parte importante de sus ponencias versó sobre los estudios que ha realizado respecto a la violencia de género y particularmente a lo que denominamos “violencia sexual” y, en menor medida, a las consecuencias que se derivan de ello, en cuanto a cuál debe ser la respuesta ante esa violencia. En esta columna quiero relevar las reflexiones de Rita Segato en torno a algo que en nuestro territorio aún no ha sido lo suficientemente abordado y que hoy más que nunca se vuelve urgente discutir: la necesidad de un feminismo antipunitivista.
Rita comenzó su ponencia del día lunes exponiendo las conclusiones fundamentales a las que llegó luego de su investigación con hombres privados de libertad por delitos sexuales en una cárcel en Brasil. En lo fundamental, expone que las agresiones a las mujeres tienen un carácter expresivo, porque son un discurso de los hombres hacia el mundo, y no una situación de descontrol de la libido sexual masculina: son crímenes por medios sexuales, no delitos sexuales. Agrega que la violación no es únicamente un acto aleccionador en que el agresor le demuestra a la agredida su poder para ponerla en una posición de sumisión, sino que el elemento más importante es en realidad lo que el agresor expresa y demuestra a sus interlocutores, los hombres: la reafirmación de su pertenencia al estatus de la masculinidad. Entonces, aquello que se encuentra tipificado como delito (paradigmáticamente, la violación y el femicidio) es la punta del iceberg de un comportamiento social extenso y normalizado, en que se invisibilizan otras múltiples formas de violencia más cotidianas, que la ley – por supuesto – no criminaliza.
Probablemente estas aseveraciones sean comprensibles y compartidas por las feministas chilenas, quienes hace un rato ya entendimos que aquello que denominamos “crímenes de odio de género” son en realidad la expresión de un entramado social complejo que llamamos patriarcado (o, a mi gusto, sistema capitalista patriarcal), esto es, que no son sino síntomas de una enfermedad mucho mayor, que es social y no individual. Sin embargo, creo que el movimiento feminista chileno aún no le ha dado suficiente relevancia a la segunda parte de las reflexiones de Segato respecto a este tema: que la cárcel no puede ni debe ser la respuesta y que debemos constituir un feminismo anti-punitivista o, como también lo llama, un “anti-punitivismo-feminista”[1].
La posición de Rita respecto a esta problemática es por supuesto muy controversial, también entre las feministas argentinas. Me parece particularmente clarificadora (además de acertada) la intervención que realizó en el Senado argentino argumentando en contra de la propuesta de privar de beneficios carcelarios -como la libertad condicional- a condenados por agresiones sexuales[2]. En esta exposición, en que ella misma expresa desde un comienzo la complejidad de plantearse como feminista y anti-punitivista, la antropóloga señala que la violación es un síntoma de algo que es social y que nos atraviesa a todos, por lo que la ley penal no ha significado ni significará nunca una solución ante ese mal. Agrega que la solución punitivista es derechamente absurda, porque “consiste en enviar al violador a una verdadera escuela de violación, como es la cárcel”. En esta intervención, Rita da cuenta de la inutilidad, la ineficacia y la contradicción que es pretender solucionar la violencia a través de la imposición de un castigo penal tan gravoso como es la cárcel.
A este lado de la cordillera, el panorama respeto a este tema parece ser completamente opuesto a lo que ha planteado Rita y otras feministas anticarcelarias como Angela Davis, que desde hace décadas se dedica a luchar por la abolición de las cárceles. Desde el fuerte resurgir del movimiento feminista el 2016 en torno a la consigna #NiUnaMenos y como forma de protesta frente al recrudecimiento de la violencia machista, el discurso mayoritario dentro del movimiento ha sido un discurso sumamente punitivista que suele tener en el foco la exigencia por penas lo más crudas y altas posibles. Y aunque es innegable que este grito de protesta frente a la violencia ha significado un avance importantísimo al lograr visibilizarla y problematizarla, parece ser que cuando salimos a las calles a “exigir justicia” por una nueva compañera víctima de una agresión machista, esa justicia sólo pudiera tener un contenido posible: la cárcel (y ojalá en la forma de presidio perpetuo). En el caso que tuvo como víctima a Nabila Rifo esta cuestión se presentó muy claramente: cuando la Corte Suprema falló el recurso de nulidad presentado por la defensa, reduciendo la condena de 26 años que había sido impuesta por el TOP de Coyhaique a una de 18 años, la indignación de las feministas estuvo más puesta en la cantidad de años que Mauricio Ortega tendría que pasar en la cárcel que en la falta de reconocimiento por parte de la Corte de que el hecho era constitutivo de femicidio frustrado. No niego que el derecho penal y las sentencias que dictan los tribunales de justicia tienen un fuerte contenido simbólico y declarativo, por lo que no es irrelevante la forma en que la ley tipifica la violación o el femicidio, así como no es irrelevante que la Corte Suprema haya sido incapaz de reconocer la configuración de un femicidio (frustrado) en el caso de violencia machista más cruda y clara que hemos visto en Chile el último tiempo. Pero creo que pensar la respuesta a la violencia machista sólo en términos de penas privativas de libertad que sabemos no rehabilitan ni reeducan ni disuaden la comisión de nuevos crímenes, sino que sólo encierran a una persona en condiciones derechamente inhumanas, es una apuesta errada, irreflexiva y contraproducente.
Me parece que esta “solución punitivista” también se expresó en la recientemente promulgada Ley contra el Acoso Callejero, que tipifica el acoso callejero como falta estableciendo penas de multa y que establece penas de hasta 3 años para el “abuso sexual por sorpresa”. Si bien esta ley fue impulsada y respaldada por amplios sectores del feminismo y celebrada por ser un avance en el reconocimiento del acoso callejero como una forma de violencia de género históricamente normalizada, me parece que hubo una falta de reflexión crítica en torno a la utilización de la herramienta penal y carcelaria para dar respuesta a estas situaciones.
Toda esta discusión se vuelve especialmente relevante hoy porque muy pronto el gobierno de Piñera presentará en el Congreso un proyecto de nuevo Código Penal, y si las feministas vamos a participar en esa discusión entonces es absolutamente imprescindible que tengamos alguna claridad sobre cuál es el papel que le otorgamos a la herramienta punitiva y, particularmente a la pena de cárcel como formas de respuesta a la violencia machista. De lo contrario, corremos el riesgo de sumarnos irreflexivamente a este cada vez más agresivo populismo penal, impulsado por la derecha, que justamente busca aumentar las penas y las facultades de las policías al mismo tiempo que esconde y profundiza las verdaderas causas de la criminalidad, tanto los crímenes de violencia de género como el resto de los delitos, principalmente contra la propiedad.
Por supuesto, la pregunta que surge es “qué hacemos entonces con los violadores y femicidas”. Yo no tengo la respuesta, tampoco sé cuál es la de Rita. Sobre lo único que estoy segura es que tenemos que abandonar con urgencia el camino del punitivismo irreflexivo como respuesta a la violencia de género, porque además de ser completamente ineficaz, puede llevarnos a legitimar inconscientemente la herramienta punitiva que el capitalismo patriarcal ha utilizado desde los inicios de su existencia para imponer sus reglas y asegurar su subsistencia, a costa de los más oprimidos y oprimidas (porque no olvidemos que la cárcel también tiene nefastas consecuencias para las mujeres, tanto dentro como fuera de ella). Tenemos el desafío de pensar seriamente qué sentido le daremos a la herramienta penal y de qué otras formas podemos buscar justicia y reparación ante las situaciones de violencia machista que se presentan en la forma de agresiones sexuales o femicidios, a la vez que nos hacemos cargo -como lo estamos haciendo ya- de las condiciones estructurales que generan y reproducen esa violencia.
[1] “La guerra contra las mujeres”, 2ª Edición, p. 212.
[2] https://www.youtube.com/watch?v=T1R1msAq5ZI&feature=youtu.be&t=25m18s
Fuente: https://www.convergenciamedios.cl/2019/06/sobre-la-necesidad-de-un-feminismo-antipunitivista-aprendizajes-de-la-visita-de-rita-segato-a-chile/
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