Opciones para los de abajo: morir agripados o desfallecer famélicos II. [+ video]

Chile. Trabajadores que no puedan hacer su labor por cuarentena, no recibirán salario según dictamen de Dirección del Trabajo.

Por Andrés Figueroa.

Este 26 de marzo, el régimen de Piñera y su administración temporaria del Estado capitalista chileno, mediante un dictamen de la Dirección del Trabajo permite ahora que los empleadores puedan no cancelar los salarios de las y los trabajadores que no puedan asistir al lugar de sus labores por razones de la cuarentena epidémica, toque de queda o fuerza mayor

La resolución de una entidad pretendidamente ‘protectora del trabajo’, busca legalizar por secretaría las relaciones de fuerza asimétricas existentes entre capital y trabajo, favoreciendo brutalmente a los empresarios.

El dictamen quiere decir que si una empleada o empleado no pueden llegar a su lugar de trabajo debido a la propia cuarentena decidida por el gobierno, porque no hay disponibilidad de transporte colectivo u otra razón de fuerza mayor, no percibirá su remuneración.

La crítica de base humanista y en el contexto de una pandemia mundial, es obvia. Sin salario, vence el hambre incluso más que el COVID-19. La legalidad de la norma, en tanto, ha sido cuestionada por dirigentes sindicales debido a que existen precedentes, como la catástrofe producida por el tsunami de 2010, donde, a causa de su excepcionalidad y carácter involuntario, primó el Código Laboral sobre el Código Civil, y no hubo recorte de sueldos. Sin embargo, ahora el régimen pretende imponer articulados provenientes del Código Civil y no del Laboral.

Ya días antes, a través de medidas monetarias, como la baja del precio del peso a un uno por ciento de interés por parte del Banco Central, el gobierno controlado desde Washington, ofreció liquidez y salvó la tasa de ganancias de la Banca y de los grandes grupos económicos. Asimismo, la venta barata de créditos para los grandes capitalistas está a la orden del día, mientras que las mini, pequeñas y medianas empresas tienen enormes dificultades para acceder a préstamos.

En Chile la fuerza de trabajo en relación de dependencia es de alrededor de un 70 por ciento y se concentra en la Pymes. De la totalidad de las y los trabajadores del país, más de un 30 por ciento hacen parte del llamado sector informal o autónomo, sin ningún derecho social ni laboral garantizado, según las cifras ofrecidas por el Instituto Nacional de Estadísticas, INE, y el Banco Central.

El dictamen de la Dirección del Trabajo transparente aún con más nitidez el carácter antipopular de la administración de turno. Sectores de la oposición institucional, como del mundo del trabajo organizado, ya han anunciado iniciativas legales contra el dictamen.

Por parte de las y los trabajadores, a la crisis en curso que creó las condiciones del 18 O y se intensificó aceleradamente con la pandemia, se ha multiplicado la incertidumbre con el dictamen. Nadie asegura que de los sueldos impagos, los empresarios vayan por los despidos (que ya están ocurriendo), y luego de la pandemia los empleados no recobren sus plazas.

Sólo la acción conjunta, unitaria, decidida del pueblo trabajador y las fuerzas sociales existentes pueden poner coto a la sucesión de abusos impunes en los que ha incurrido la administración del capitalismo de vanguardia chileno, que hasta ha privatizado el agua.

Fuente: http://www.resumenlatinoamericano.org/2020/03/26/chile-trabajador-que-no-puede-hacer-su-labor-por-cuarentena-no-recibira-salario-segun-direccion-del-trabajo/


Despedidos sin indemnización: El polémico dictamen de la Dirección del Trabajo que deja a los trabajadores desprotegidos en medio de la pandemia.

Por Natalia Figueroa.

Abogados laborales y el ex subsecretario del trabajo del gobierno pasado criticaron el dictamen emitido este jueves por la Dirección del Trabajo, en el que permite que los empleadores suspendan remuneración frente a coronavirus sin ningún tipo de indemnización. Desde distintos frentes, plantearon que se trata de una medida contraria a los derechos laborales y cuestionaron su legalidad. Desde el Frente Amplio anunciaron la presentación de un recurso de protección para que se declare ilegal.

Por tercera vez en lo que va la emergencia sanitaria por el COVID-19, la Dirección del Trabajo (DT) publicó un dictamen que fija criterios contractuales entre el empleador y los trabajadores que regirán durante este periodo.

El dictamen indica que ambas partes pueden librarse de sus obligaciones contractuales ante un evento de ‘fuerza mayor’ o ‘caso fortuito’, de acuerdo al artículo 45 del Código Civil. Es decir, situaciones imprevisibles, que no se pudieran evitar, tanto para el empleador como para el trabajador. Coyuntura que excluiría, por lo demás, el pago de indemnizaciones en beneficio del trabajador.

Bajo ese entendido, la DT reconoce que las medidas sanitarias decretadas por el gobierno, el cordón sanitario, toque de queda de 22:00 a 5:00 horas y el aislamiento total, entran en la categoría de los hechos fortuitos como se describió antes y exime a las partes de las “obligaciones recíprocas que les impone el contrato de trabajo”. Es decir, el trabajador podría dejar de prestar sus servicios y, a la vez, el empleador de pagar las remuneraciones. Y ante cualquier controversia que se genere por esta situación, el dictamen añade que serán los tribunales los encargados de resolver.

Si bien la subsecretaria de Prevención del Delito, Katherine Martorell, aclaró este jueves en una conferencia de prensa que la ‘fuerza mayor’ establece que no se pueda romper el vínculo laboral, el dictamen ha generado gran controversia por los efectos que conllevaría. Francisco Díaz, subsecretario del Trabajo de la ex presidenta Michelle Bachelet, explica que la ‘fuerza mayor’ está mencionada en el Código del Trabajo como causal de término de la relación laboral, pero esta suspensión de pagos ‘por fuerza mayor´ de manera equivalente tanto para el empleador como para el trabajador, no está regulada.

Es por eso, según sostiene, que el dictamen olvida que el trabajador no es socio de su empleador y que el riesgo siempre corre por cuenta de este último, siendo la justificación de que obtenga las ganancias y un principio orientador de los derechos laborales.

“Se entiende el problema económico es real porque hay muchas empresas que no van a soportar pagar sueldos durante cinco o seis meses, mientras dure la crisis sin que exista prestación de servicios. Pero esto podría dejar en la indefensión de ingresos a una gran cantidad de trabajadores, considerando que ya se están registrando desvinculaciones y, en algunos casos, se les está obligando a firmar permisos sin goce de sueldo”, señala la ex autoridad, quien a la vez valora que queden exentos del criterio de fuerza mayor los trabajadores con labores indispensables y que se mantenga el seguro de cesantía y la obligación de pagar las cotizaciones.

Consultada a la Defensoría de las y los Trabajadores, el abogado Javier Pineda, sostiene que la DT se extralimita en sus funciones al crear una figura que no existe legalmente, lo que contraviene los principios básicos del derecho del trabajo. Con esto, señala, “se está haciendo pagar la crisis provocada por la pandemia a los trabajadores con su propia remuneración”. Agrega que en la práctica los trabajadores acudirán a tribunales para exigir el pago completo del sueldo y será en esta instancia donde se zanje el asunto.

Además, para evaluar los efectos que tendrá este dictamen, Pineda recalca que también se debe revisar el resultado del proyecto de ley que ingresó este miércoles el Ejecutivo al Senado, que busca establecer la obligación del pago completo de las cotizaciones de salud y de AFP mientras se suspendan temporalmente los servicios. Así también que no podrán despedirlos ante la contingencia, a no ser por el artículo 161 por necesidades de la empresa. Sobre esto será importante conocer los plazos de efecto retroactivo que contemple esta ley.

En la misma línea se manifiesta la abogada laboral Naiara Sauseta, quien asegura que este dictamen pone en una situación compleja a los trabajadores, y se suma a la incertidumbre generalizada por la crisis. Sauseta hace hincapié en que, al liberar de responsabilidad al empleador de pagar sueldos, el trabajador tendrá que sí o sí buscar otras fuentes de generación de recursos para solventar gastos básicos.

También hace el alcance de que, si bien en el Código del Trabajo se habla del ‘caso fortuito’ para despidos ante una situación irreparable que comprometa a la empresa, este requiere de un estándar muy alto porque se consideran ‘relaciones laborales asimétricas’. En cambio, en la aplicación de la DT se mira desde el derecho civil que tiene un carácter de mayor simetría, algo que no se ajusta a las relaciones laborales.

Reacciones

Desde la comisión de Trabajo de la Cámara de Diputados también están en alerta ante la situación. La presidenta de esa instancia y diputada de Convergencia Social, Gael Yeomans, dice que es una situación alarmante donde el gobierno debe actuar con urgencia para tomar medidas en una línea de protección.

“Instamos a la Dirección del Trabajo a anular este dictamen y a generar interpretaciones que vayan de acuerdo a su verdadera función, que es proteger a las y los trabajadores”, indicó, pidiendo también al Congreso avanzar rápidamente en las mociones parlamentarias que van en la línea de resguardar derechos laborales.

También desde el Frente Amplio anunciaron que presentarán un recurso de protección para que el dictamen sea decretado ilegal por vulneración a los derechos fundamentales de las y los trabajadores.

La presidenta de Revolución Democrática, la diputada Catalina Pérez aseguró que con esto el gobierno traspasa el costo de la crisis a las familias. En tanto, Javiera Toro, presidenta de Comunes agregó que “se necesitan políticas sociales robustas, que protejan el empleo, apoyen a las familias y pequeñas empresas, para que no sean los trabajadores los que paguen esta crisis”.

Desde las organizaciones sociales, la Central Unitaria de Trabajadores (CUT) rechazó la medida y cuestionaron su legalidad, además de solicitar una “Mesa de Monitoreo de Abusos Laborales” de carácter tripartito (gobierno, empleadores y trabajadores) que ya propusimos a la ministra del Trabajo y Previsión Social, María José Zaldívar, para tomar medidas de tranquilidad y seguridad a los trabajadores y trabajadoras en el contexto de esta crisis sanitaria que azota al país.

El actual subsecretario del Trabajo, Fernando Arab, reconoció que si bien el despido por fuerza mayor no otorga derecho a indemnización, intentó ponerle paños fríos al asunto. “Para que proceda la fuerza mayor para despedir a un trabajador lo que debe ocurrir es que sea de carácter permanente, y entiendo que en el caso de la pandemia del coronavirus es más bien una causal de carácter transitorio, por lo tanto no procedería el despido”, dijo.

Revisa aquí el dictamen:

Fuente: https://www.eldesconcierto.cl/2020/03/26/despedidos-sin-indemnizacion-el-polemico-dictamen-de-la-direccion-del-trabajo-que-deja-a-los-trabajadores-desprotegidos-en-medio-de-la-pandemia/

Registro de abusos laborales y despido ilegal en Arica.

 

 

 


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