Matías Asun: “La voltereta del Gobierno en el Tratado de Escazú muestra una posición regresiva en materia medioambiental”.
por Andrea Bustos C./DiarioUchile.
El director nacional de Greenpeace comentó que la decisión del Ejecutivo de no adherir al acuerdo internacional demuestra que el Gobierno busca «una reactivación económica que no cambie en nada la contaminación y el abuso del medio ambiente».
Este sábado 26 de septiembre se cerró el plazo para firmar el Acuerdo de Escazú, del que finalmente Chile – a pesar de haber sido uno de sus impulsores- decidió restarse. Si bien desde ahora de todas formas los países podrán adherir al texto, ya no serán parte de los estados originarios.
Anexo CT
¿En qué consiste el Acuerdo de Escazú?
El Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe, más conocido como Acuerdo de Escazú, es un tratado internacional firmado por 23 países de América Latina y el Caribe respecto a protocolos para la protección del medio ambiente. Actualmente cuenta con diez ratificaciones (Antigua y Barbuda, Argentina, Bolivia, Ecuador, Guyana, Nicaragua, Panamá, San Cristóbal y Nieves, San Vicente y las Granadinas y Uruguay).
El acuerdo se origina como resultado de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo Sostenible (Río+20), realizada en 2012, y la Decisión de Santiago adoptada en 2014 por 24 países. Desde ese momento se realizó un proceso de negociación entre los 24 países interesados, a través de una comisión copresidida por las delegaciones de Chile y Costa Rica. Tras cuatro años de negociaciones, el Acuerdo Regional fue adoptado el 4 de marzo de 2018 en la ciudad costarricense de Escazú.
Este acuerdo fue el primero realizado por la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (Cepal), una agencia de la Organización de las Naciones Unidas. El acuerdo fue firmado finalmente por 14 países el 27 de septiembre de 2018 en el marco de la reunión anual de la Asamblea General de las Naciones Unidas, y posteriormente por otros 9 países más y está a la espera del proceso de ratificación respectivo por cada Estado firmante.
Contenido
El objetivo principal del acuerdo es, según su Artículo 1:
Garantizar la implementación plena y efectiva en América Latina y el Caribe de los derechos de acceso a la información ambiental, participación pública en los procesos de toma de decisiones ambientales y acceso a la justicia en asuntos ambientales, así como la creación y el fortalecimiento de las capacidades y la cooperación, contribuyendo a la protección del derecho de cada persona, de las generaciones presentes y futuras, a vivir en un medio ambiente sano y al desarrollo sostenible. (Acuerdo de Escazú, Art. 1).
Para ello, el Acuerdo establece la protección del derecho de las personas a vivir en un medio ambiente sano y al desarrollo sostenible, en línea con el Objetivo n.º 16 de Desarrollo Sostenible relativo a la justicia y las instituciones sólidas para la paz. Los Estados se comprometen a avanzar progresivamente en la implementación de derechos de acceso, no retrocediendo en ellos y a rendir cuentas a las partes del tratado de sus avances.
Los países firmantes se comprometen a garantizar el derecho del público de acceder a la información ambiental que esté en su poder o custodia, facilitando en particular el acceso de personas o grupos en situación de vulnerabilidad (Art. 5). También deberán recopilar y poner a disposición del público la información ambiental relevante para sus funciones, de forma sistemática, proactiva y accesible, actualizando dicha información de forma periódica y desagregada a nivel subnacional y local (Art. 6).
El artículo 7 del acuerdo establece el derecho de la ciudadanía para participar en la toma de decisiones ambientales, especialmente cuando existan acciones que puedan tener un impacto significativo sobre el medio ambiente, incluyendo cuando puedan afectar el medio ambiente o la salud. Además, el artículo 8 establece que los Estados que forman parte del acuerdo establecerán, en su legislación nacional, los mecanismos que aseguren el acceso a la justicia en temas ambientales. Estos incluyen, entre otros, la creación de organismos estatales competentes y la definición de procedimientos efectivos, públicos, transparentes e imparciales.
Es también el primer tratado internacional que reconoce y garantiza la protección de las y los defensores del medio ambiente y la tierra, además de una definición sobre personas o grupos en situación de vulnerabilidad relacionados con estos derechos. El acuerdo también indica que, en caso de controversias, los Estados podrán recurrir a la Corte Internacional de Justicia o al arbitraje que ambas partes determinen de forma conjunta.
Negociación
Luego de la Decisión de Santiago, se conformó una Mesa Directiva con dos países copresidentes y otros cinco como miembros. Se conformó un Comité de Negociación en donde participó la Mesa Directiva y seis miembros del público, para dialogar con la mesa. La primera Mesa Directiva estuvo conformada por los siguientes siete países:
- Chile y Costa Rica, en su calidad de copresidentes de la Mesa Directiva, y
- Argentina, México, Perú, San Vicente y las Granadinas, y Trinidad y Tobago, en su calidad de miembros de la Mesa Directiva.
También formaron parte de las negociaciones representantes del público asistente, organizaciones de la sociedad civil y expertos académicos.
Veinticuatro de los 33 países miembros de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (Cepal) participaron en el proceso final de negociación del acuerdo en la ciudad costarricense de Escazú, que terminó con la celebración de éste el 4 de marzo de 2018.
Firma
El día 27 de septiembre de 2018 se inició el proceso de firma de cada uno de los países suscriptores del acuerdo, durante la celebración de la Asamblea General de las Naciones Unidas en Nueva York, Estados Unidos. 14 países inicialmente suscribieron el convenio: 12 en la ceremonia inicial y 2 más (Haití y República Dominicana) durante la tarde del mismo día.
Al día siguiente, el 28 de septiembre de 2019 firmó Paraguay. En julio de 2019 firmó San Vicente y las Grenadinas. El 24 de septiembre Belice firmó el tratado.
El resto de países de América Latina y el Caribe tendrían un plazo para firmar el documento hasta el 26 de septiembre de 2020.
Ratificación
El 18 de abril de 2019, tuvo lugar la primera ratificación del Acuerdo por parte de Guyana. El 26 de septiembre de 2019 ratificaron cinco países más: Bolivia, Jamaica, San Cristóbal y Nieves, San Vicente y las Granadinas y Uruguay.
El 4, 9 y 10 de marzo de 2020 ratificaron Antigua y Barbuda, Nicaragua y Panamá, respectivamente. Ecuador depositó su instrumento de ratificación el 21 de mayo de 2020. El 24 de septiembre de 2020 Argentina ratificó el tratado.
El tratado entrará en vigencia 90 días después de que se depositen al menos 11 ratificaciones en la Secretaría General de las Naciones Unidas.
País | Situación | Firma | Ratificación | |
---|---|---|---|---|
Antigua y Barbuda | Negociador y firmante | 27-09-2018 | 04-03-2020 | |
Argentina | Negociador y firmante | 27-09-2018 | 24-09-2020 | |
Bahamas | No participante | |||
Barbados | No participante | |||
Belice | Firmante | 24-09-2020 | ||
Bolivia | Negociador y firmante | 02-11-2018 | 26-09-2019 | |
Brasil | Negociador y firmante | 27-09-2018 | ||
Chile | Negociador | |||
Colombia | Negociador y firmante | 11-12-2019 | ||
Costa Rica | Negociador y firmante | 27-09-2018 | ||
Cuba | No participante | |||
Dominica | Negociador | |||
Ecuador | Negociador y firmante | 27-09-2018 | 21-05-2020 | |
El Salvador | Negociador | |||
Granada | Negociador y firmante | 26-09-2019 | ||
Guatemala | Negociador y firmante | 27-09-2018 | ||
Guyana | Firmante | 27-09-2018 | 18-04-2019 | |
Haití | Firmante | 27-09-2018 | ||
Honduras | Negociador | |||
Jamaica | Negociador y firmante | 26-09-2019 | ||
México | Negociador y firmante | 27-09-2018 | ||
Nicaragua | Firmante | 27-09-2019 | 09-03-2020 | |
Panamá | Negociador y firmante | 27-09-2018 | 10-03-2020 | |
Paraguay | Negociador y firmante | 28-09-2018 | ||
Perú | Negociador y firmante | 27-09-2018 | ||
República Dominicana | Negociador y firmante | 27-09-2018 | ||
San Cristóbal y Nieves | Negociador y firmante | 26-09-2019 | 26-09-2019 | |
San Vicente y las Granadinas | Negociador y firmante | 12-07-2019 | 26-09-2019 | |
Santa Lucía | Negociador y firmante | 27-09-2018 | ||
Surinam | No participante | |||
Trinidad y Tobago | Negociador | |||
Uruguay | Negociador y firmante | 27-09-2018 | 26-09-2019 | |
Venezuela | No participante |
Fuente (extractos): https://es.wikipedia.org/wiki/Acuerdo_de_Escaz%C3%BA
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