Chile: Carabineros de civil persiguen y detienen a manifestantes.

Los ‘Intra Marchas’: El equipo de Carabineros que se infiltró en los manifestantes durante el estallido social.

Por Josefa Barraza/lavozdelosquesobran.cl
El teniente Pablo Cabezas habría liderado un grupo de agentes del OS-9 que se vistió de civil para realizar seguimientos, con brutales detenciones y golpizas en los alrededores de la Plaza Dignidad. La comunicación entre ellos se realizaba vía WhatsApp y sus grabaciones fueron utilizadas como pruebas en distintos juicios. El Ministerio del Interior reconoció la existencia de los “Intra Marchas” en las querellas presentadas, mientras algunos abogados defensores acusan ilegalidad pues el uso de funcionarios encubiertos se permitiría solo si el Ministerio Público tiene la autorización de un juez de garantía para proceder a una investigación de este tipo.

A las nueve de la noche del viernes 17 de enero del 2020, Dante Carmona (21) se encontraba en la intersección de calle Namur con Alameda participando de las manifestaciones durante los últimos meses del estallido social. Caída la noche el ambiente se tornó más represivo, un día antes hubo varios llamados a marchar justamente contra la violencia policial. En ese momento decidió volver a su casa en La Florida.

Caminó en dirección a estación Bellas Artes y tomó el metro. Todo indicaba que sería un viaje tranquilo. Lo que no sabía era seguido por funcionarios del OS-9 para ser detenido.

-Hizo combinación en Vicente Valdés, toma la 225, se baja de la micro y a una cuadra de la casa es detenido por tres agentes encubiertos quienes venían en un vehículo particular-, explica Lorenzo Morales, abogado defensor de Dante, quien también integra la Defensoría Popular.

No opuso resistencia, aunque en ningún momento le explicaron las razones del porqué era detenido. Los funcionarios policiales trasladaron al joven a la 33 Comisaría de Ñuñoa para practicarle pruebas de hidrocarburos en sus pertenencias y manos. Dante estaba desconcertado, no entendía nada. Llamó a su casa para contarles lo sucedido, su cuñado contestó.

A la mañana siguiente se llevó a cabo el control de detención en el Séptimo Juzgado de Garantía en donde fue acusado por la Fiscalía Centro Norte por el delito reiterado de atentado explosivo o incendiario por el lanzamiento de dos bombas molotov. No lo podía creer y aseguró que era inocente de los cargos, sin embargo el tribunal dictaminó la medida cautelar de prisión preventiva en el Penal Santiago Uno.

Entre las pruebas testimoniales recabadas durante la investigación estaba la declaración del teniente del OS-9 Pablo Cabezas.

“(Cabezas) Quien depondrá en calidad de testigo presencial, sobre el procedimiento policial adoptado el día 17 de Enero de 2020, desde el momento en que observa al acusado lanzar una bomba molotov en contra de carabineros, videos de hecho, seguimiento y detención del acusado, su reconocimiento”, se lee en uno de los documentos utilizados durante el juicio oral por el Ministerio Público.

Es un nombre que se repite en las investigaciones y que se ha hecho conocido para los abogados que llevan causas del estallido social. El teniente Pablo Cabezas lideró un equipo de Carabineros llamado “Intra Marchas”, infiltrándose en las manifestaciones, realizando seguimientos y efectuando múltiples detenciones. Este grupo pertenece a la dotación del Departamento de Investigación de Organizaciones Criminales OS-9 de Carabineros.

-La indumentaria que ocupan estos agentes encubiertos es ropa de civil, algunos van encapuchados, otros con pañoletas en el cuello, también se les ha visto portando banderas del pueblo mapuche, y la mayoría son personas jóvenes que pasan totalmente desapercibidas entre los manifestantes-, explica una fuente cercana a las investigaciones, quien además sostiene que las funciones de estos agentes infiltrados comenzaron días después del 18 de octubre en Plaza Dignidad y sus alrededores.

La primera vez que Lorenzo Morales supo de la existencia del personal Intra Marchas de Carabineros, fue durante la investigación de la causa de Nicolás Ríos Verdugo (21).

La noche del 10 de enero de este año, el joven se encontraba en compañía de un amigo conversando en la ladera del Cerro Santa Lucía cuando un hombre calvo y corpulento vestido de civil se acercó a ellos pidiéndoles fuego. Al encender el cigarro se desató la violencia. El sujeto era Manuel Gutiérrez, quién se identificó como personal del OS-9, entre garabatos Nicolás corrió un par de metros pero fue alcanzado por otros tres funcionarios -también vestidos de civil- quienes lo patearon en el suelo, para luego subirlo a la fuerza a una camioneta blanca modelo Fiorino, con el rostro ensangrentado.

La detención fue grabada por una mujer quien le solicitó que gritara su nombre. El vídeo fue viralizado rápidamente por redes sociales, le que generó un ola críticas por el arbitrario procedimiento y las condiciones en lo dejaron.

Fue trasladado hasta la 33 Comisaría de Ñuñoa y al día siguiente se realizó su control de detención. Acusado de atentado explosivo o incendiario; específicamente de lanzar un artefacto incendiario contra un carro lanzagases. Quedó en prisión preventiva en Santiago Uno.

En la querella criminal presentada el 13 de enero del 2020 por la Intendencia Metropolitana y el Ministerio del Interior en contra de Nicolás Ríos, se detalla parte de los hechos. En el mismo documento el gobierno reconoce públicamente la existencia del equipo “Intra Marchas” de Carabineros.

“El querellado Nicolás Ríos Verdugo, ya individualizado, fue sorprendido por personal policial de dotación del Departamento de Investigación de Organizaciones Criminales OS-9 de Carabineros, específicamente por personal “Intra Marchas”, quienes lograron filmar con medios audiovisuales al sujeto arrojando artefactos incendiarios de tipo molotov contra personal de Fuerzas Especiales de Carabineros”, se lee en el documento emitido en representación del Intendente de la Región Metropolitana Felipe Guevara.

Como parte de las diligencias realizadas durante esta causa, se obtuvo declaraciones de los funcionarios que participaron en la detención. Ahí aparece nuevamente teniente Pablo Cabezas, de la dotación del OS-9, quien confirma que fue el encargado de seguir y filmar a Nicolás. En su declaración sostiene que debido a la contingencia nacional concurrió con su equipo de trabajo a diferentes movilizaciones.

Manuel Gutiérrez, suboficial del OS-9, en su declaración corroboró que el equipo de trabajo a cargo del teniente Pablo Cabezas se encontraba al interior de la multitud convocada, confirmando que se habían infriltrado y posterior seguimiento de Nicolás para lograr su captura.

-El argumento que dan ellos (Carabineros) es que nunca están dentro de las manifestaciones, pero no tiene mayor sustento cuando se muestran las imágenes que capturan, afuera no están. Están adentro, a muy pocos metros. Utilizan celulares, institucionales y personales para grabar-, explica Lorenzo Morales.

El abogado defensor también añade otro dato revelador: En diversos casos, el sistema de comunicación entre los agentes encubiertos que son parte de un procedimiento policial ha sido a través de conversaciones por WhatsApp, y no por la Central de Comunicaciones de Carabineros (Cenco), dando cuenta de que existe un sistema paralelo de comunicación. Se envían fotos y videos de los supuestos acusados por Whatsapp para iniciar el seguimiento y luego dar aviso para llevar a cabo la detención.

Tanto en el caso de Dante Carmona y Nicolás Ríos, los agentes se comunicaron por esta vía lo que quedó en evidencia en sus declaraciones.

Lorenzo Morales explica que el funcionamiento del equipo “Intra Marchas” de Carabineros sería ilegal pues la policía en un Estado de derecho y democrático no puede actuar por sí sola, sin la previa orden de un juez, debido al artículo 226 bis del Código Procesal Penal, en el que se establece el uso de agentes encubiertos solo si el Ministerio Público posee la autorización de un juez de garantía para proceder una investigación de este tipo.

En todos estos casos existieron agentes encubiertos que brindaron material de prueba sin la autorización de un juez de garantía vulnerando el artículo 226 bis, realizando detenciones arbitrarias y violentas.

El lunes 20 de enero de este año el mismo abogado envió un correo a Ignacio Roncagliogo, asesor en Derechos Humanos para Chile del Alto Comisionado de Naciones Unidas, con el listado de ochos casos de presos políticos en los que habían participado agentes encubiertos del Estado de Chile. Hasta la fecha, el abogado defensor sigue en la espera de una respuesta.

“Si, este personal existe, son de reconocimiento por el ente persecutor. Efectivamente se trata de personas encubiertas, que aparecen en la causa, siendo la prueba más importante la declaración de este agente encubierto, sin tener otros antecedentes que refuercen aquello. En algunas situaciones el agente encubierto graba, y sospechosamente son grabaciones que no están muy bien definidas. Son imágenes totalmente descontextualizadas a favor de la acusación. Lo que uno puede observar también, es que los fiscales, más que investigar, se quedan con la declaración de estos agentes encubiertos, siendo que el deber del fiscal es investigar-, explica Jhon Maulen, abogado defensor que también lleva causas del Estallido Social, reconoce así la existencia del equipo ‘Intra Marchas’ en las manifestaciones.

Uno de los casos más conocidos, donde quedó al descubierto la utilización de agentes encubiertos, fue el de Alejandro Carvajal, el joven de 19 años acusado de incendiar la Universidad Pedro de Valdivia, el pasado 8 de noviembre del 2019.

Aquella tarde, Carvajal dijo que iba camino a Providencia a juntarse con su polola en Manuel Montt. Al llegar a Vicuña Mackenna se encontró con una manifestación, corrió por la misma avenida hacia el sur para evitar las bombas lacrimógenas y, según su testimonio, ahí notó que había un incendio. Era la Universidad la que estaba en llamas. Caminó por Ramón Carnicer -calle paralela a Vicuña Mackenna- para ver el incendio desde la parte de atrás del inmueble, y tras dar el último sorbo a una bebida que llevaba consigo habría arrojado la botella al edificio. Luego de eso retomó su camino, sin saber que estaba siendo seguido por agentes encubiertos.

“Funcionarios de civil, mientras realizaban funciones de prevención, iniciaron un seguimiento a uno de los involucrados, proporcionando las características de vestimentas (…) por lo cual siendo 19:58 horas, en las intersecciones de avenida Libertador Bernardo Ohiggins con calle Lord Cochrane, funcionarios de FFEE, procedieron a su detención” , se explica en el Informe Pericial Criminalístico del caso.

Debido a la acusación por el delito de incendio, Alejandro quedó en prisión preventiva en el módulo 12 de Santiago Uno. Una de las pruebas más importantes que se utilizó en contra de Alejandro fue el vídeo captado por Luis Alarcón, cabo Segundo de Carabineros, quien trabaja en la Dirección de Inteligencia Policial.

Este medio tuvo acceso a un vídeo grabado por un manifestante, en donde se logra ver el momento exacto en el que Luis Alarcón graba a Alejandro Carvajal. En las imágenes se ve a Alarcón sin polera, con una pañoleta naranja con manchas negras cubriendo su rostro, al interior de la manifestación y grabando con su celular a muy pocos metros de distancia.

-Es funcionario del OS-9, a pesar de que lo querían desconocer, pero finalmente pudimos dar con eso-, sostiene Morales, quien también es abogado defensor de Alejandro.

Durante los alegatos de clausura en el juicio de Alejandro Carvajal, se mencionó la existencia de agentes encubiertos y la licitud del material entregado como pruebas. El fiscal del caso, Álvaro Pérez de la Fiscalía Oriente, afirmó en dicha instancia que Carabineros dentro de resguardar el orden público, y en el marco de sus facultades preventivas, si puede actuar ante un hecho flagrante y dejar un registro fílmico sin necesitar la instrucción de Fiscalía, regidos por el artículo 83.

“Un funcionario de Carabineros en el contexto post 18 de octubre, hubiese andado con un traje institucional entre medio de cientos de personas, realizando estas labores preventivas, le señaló que es impracticable porque ese funcionario policial no hubiese podido trasladarse ni siquiera dos pasos sin antes ser objeto de un acometimiento violento (…) Carabineros puede vestir de civil, practicar detenciones y dejar los registros como medio de prueba”, explicó durante los alegatos Álvaro Pérez.

En cuanto al estado actual de los casos mencionados en este reportaje, todos comenzaron a resolverse de forma favorable aunque después que los acusados pasaran varios meses en prisión preventiva por el actuar del grupo “Intra Marchas” de Carabineros.

En junio pasado se cambió la medida cautelar de Nicolás Ríos, de prisión preventiva a arresto domiciliario total, y sigue en espera de su juicio oral.

El 23 de septiembre Dante Carmona fue absuelto de los cargos de la fiscal Viviana Vergara, que lo sindicaba como autor del delito de atentado explosivo o incendiario, por el lanzamiento de dos bombas molotov. Actualmente se encuentra en libertad.

El 22 de septiembre, fue la lectura de la sentencia de Alejandro Carvajal, quien fue condenado a tres años y un día de libertad vigilada. Su familia afirma estar tranquila por el veredicto, ya que volvió a su casa después de pasar 11 meses en prisión preventiva en Santiago Uno.

Este medio se contactó con Carabineros de Chile para obtener su versión sobre las funciones y facultades del personal Intra Marchas, sin obtener respuesta.


Nota de la redacción:

Según datos proporcionados por el Ministerio del Interior a Ciper, desde el 18 de octubre del 2019 hasta el siete de julio del 2020, el gobierno interpuso 1.914 querellas a civiles, de las cuales 1.054 fueron por la Ley de Seguridad del Estado. Ante estos procesos judiciales, 281 personas se encontraban en prisión preventiva y 216 bajo arresto domiciliario como medida cautelar en julio pasado.

Sin embargo, el Ministerio Público consignó que desde el 18 de octubre hubo 448 civiles en prisión preventiva, datos que incluían menores de edad involucrados en presuntos delitos cometidos durante el Estallido Social, y quienes se encontraban en Centros de Internación Provisoria del Servicio Nacional de Menores (Sename). Aunque el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) calculó una cifra de 2.500 personas encarceladas durante los meses de revuelta.

Parte de estas querellas, poseen como pruebas, declaraciones y material audiovisual -fotografías o vídeos-, captados por funcionarios policiales encubiertos en diversas manifestaciones.

27 de Septiembre, 2020.


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