La criminalización de la protesta social continúa: se inició con la aplicación de la ley de seguridad interior contra el pueblo mapuche en los gobiernos de la Concertación, siguió con las leyes anticapuchas, antibarricadas y antisaqueos, etc., (inicialmente aprobada con votos a favor de diputados del FA y la sorprendente abstención de los paralamentarios del PC Camila Vallejos, Karol Cariola y Guillermo Teillier (ver nota de archivo mas abajo), y ahora con la ley de Pinera «Gatillo Fácil» que da manga ancha a las policías para asesinar según sea su «buen criterio». [Nota del Editor CT].
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Claudio Nash denuncia Ley Gatillo Fácil: «Gobierno impulsa proyecto que da impunidad a carabineros para usar armamento letal»
El destacado académico Claudio Nash denunció este martes 15 de diciembre un proyecto de ley que busca fortalecer las facultades represivas de Carabineros de Chile. «Gobierno impulsa proyecto que busca dar impunidad a Carabineros para usar armamento letal. Esto sería gravísimo. Donde se ha aprobado este tipo de ley ha habido derramamiento de sangre. Senado debe parar esto. Debemos actuar hoy. «, señaló en la red twitter.
El artículo 8 del bullado proyecto de ley, busca incluir una atenuante para carabineros que disparen armas letales en contra de personas, aún no existiendo «necesidad racional de usar las armasen toda la extensión que aparezca». El artículo señalado considera alguna de estas situaciones como podría ser la de un carabinero que dispara por la espalda a un «detenido» desarmado que «no obedezca las intimaciones de detenerse», o el que dispara a una persona a la que se le fue a entregar una resolución judicial.
La nueva arremetida de la derecha ocurre en un contexto de amplio apoyo popular a una amnistía tota a los presos políticos de la revuelta y el anuncio de veto que Piñera anunció a un proyecto de ley que considera la amnistía parcial.
Fuente: http://revistadefrente.cl/claudio-nash-denuncia-ley-gatillo-facil-gobierno-impulsa-proyecto-que-da-impunidad-a-carabineros-para-usar-armamento-letal/
De Archivo CT (enero. 2020).
Proyecto de ley Protección Policías y Gendarmería: un mal mensaje en un pésimo momento.
Por Claudio Nash Rojas/Ciper Chile.
En esta columna de opinión el académico Claudio Nash evalúa el proyecto sobre fortalecimiento de las policías enviado por Piñera a raíz de estallido del 18/O. Afirma que con este “fortalecimiento” el gobierno pone al derecho penal al servicio de una autoridad que ha sido cuestionada por cinco informes internacionales de derechos humanos. Nash estima particularmente grave una serie de eximentes de la responsabilidad penal que califica como “una carta abierta al uso de la fuerza ilegítima y arbitraria”.
El proyecto de ley enviado por el presidente Piñera el 17 de diciembre pasado, sobre el fortalecimiento de las policías y Gendarmería, debe ser evaluado en base a dos parámetros: i) el contexto en el que es presentado y, ii) cómo su contenido da cuenta de una profundización de la criminalización de la protesta social y la incapacidad del gobierno de abordar los problemas de fondo que tiene la institución de Carabineros.
Luego de casi tres meses de iniciadas las manifestaciones ciudadanas, con un cuadro de violaciones graves de derechos humanos y cinco informes internacionales y nacionales que responsabilizan a Carabineros de Chile como la institución más comprometida con estas graves violaciones, este proyecto es incomprensible.
Según el propio mensaje presidencial, el objetivo es crear un Estatuto de Protección de las Policías, a fin de recuperar el respeto hacia la función policial y proteger a sus miembros en el cumplimiento de sus funciones. Sí, usted lee bien, el instrumento pone al derecho penal al servicio del “respeto” de la autoridad policial.
Así, el proyecto se estructura en ocho artículos destinados a materias sustantivas (creación de nuevos delitos, endurecimiento de las penas, nuevas agravantes, entre otras), procesales (principalmente destinadas a endurecer la persecución punitiva y las medidas privativas de libertad) y eximentes de responsabilidad (frente al uso de la fuerza por parte de policías y gendarmes).
El principal problema del proyecto es la visión de la realidad nacional que subyace a su presentación. Sin duda, el objetivo del proyecto es consistente con un uso del Derecho penal como una apuesta simbólica conocida como “populismo penal” y con el agravante que busca criminalizar las protestas ciudadanas (construyendo a los manifestantes como enemigos aplicando lo que se conoce como derecho penal del enemigo), en línea con otros proyectos presentados en estos meses (ley anti saqueo, estructuras críticas, anti capuchas). Una mezcla explosiva en medio de un estallido social.
El núcleo del proyecto está en la creación de nuevos tipos penales y el agravamiento de penas asociadas a ilícitos que afecten a miembros de las policías y Gendarmería.
“Estos nuevos ilícitos no parecen estar justificados, dado que son conductas que ya se encuentran consideradas como delitos en la ley chilena (homicidios, lesiones, maltrato, amenazas a policías contemplados en los artículos 416, 416 bis y 416 ter, del Código de Justicia Militar) y que ya contemplan una agravante atendida la función policial (art. 12 Nº 13 del C. Penal)”.
Estos nuevos ilícitos no parecen estar justificados, dado que son conductas que ya se encuentran consideradas como delitos en la ley chilena (homicidios, lesiones, maltrato, amenazas a policías contemplados en los artículos 416, 416 bis y 416 ter, del Código de Justicia Militar) y que ya contemplan una agravante atendida la función policial (art. 12 Nº 13 del C. Penal[1]); otros, que ya existen y son muy discutibles, como configurar como ilícito penal “resistirse con violencia” o “emplear la fuerza o intimidación” (art. 261 C. Penal), sin que exista lesión a un funcionario, se amplían a circunstancias personales según se explica más adelante.
También se tipifica el delito de daños, pero no solo sobre bienes fiscales, sino que sobre bienes de miembros de las instituciones policiales, agravándose la sanción si es cometido con ciertos medios (incendio u otros medios estragos, bombas molotov u otros artefactos explosivos o incendiarios).
Hasta ahora, para que haya sanción penal tiene que haber un daño en bienes y estos tienen que ser bienes de las instituciones y el actuar debe ser con el conocimiento de dicha circunstancia. Nuevamente, una ampliación del tipo que lo hace alejarse de los criterios de estrictez propios del principio de legalidad y tampoco satisface los bienes jurídicos que contempla el ordenamiento jurídico.
Otro aspecto que debe preocupar a los/as legisladores/as es la circunstancia personal y no solo funcional (elemento normativo del tipo penal) que agrega el proyecto de ley. Así, no solo basta con que los ilícitos sean cometidos en contra de la policía con motivo u ocasión “del ejercicio de sus funciones”, como es en la actual legislación, sino que agrega que bastará con que las conductas sean cometidas “en razón de su cargo” (policía o gendarme), lo que abre excesivamente el tipo penal y lo amplía a situaciones completamente ajenas a su actuar como representantes de poder estatal (argumento que sustenta una protección especial).
El proyecto de ley crea una situación de privilegio personal inaceptable en una sociedad democrática que rompe la idea de igualdad. Un trato diferenciado solo se justifica en estos casos por el ejercicio de una función pública, no por la pertenencia a un cierto grupo con un estatus privilegiado.
Además, hay dos cuestiones que llaman la atención en estos nuevos tipos penales. Por una parte, pretender sancionar penalmente a quienes “inciten directamente” violencia física contra las policías abre la puerta para una persecución política solo equiparable con las persecuciones del macartismo norteamericano o la ley maldita chilena. Esta norma es de tal amplitud que difícilmente podría superar el test propia del principio de legalidad consagrado en los tratados internacionales de DDHH vigentes en Chile.[2]
“El proyecto de ley crea una situación de privilegio personal inaceptable en una sociedad democrática que rompe la idea de igualdad. Un trato diferenciado solo se justifica en estos casos por el ejercicio de una función pública, no por la pertenencia a un cierto grupo con un estatus privilegiado.”
Con el reciente uso de la Ley de Seguridad Interior del Estado contra dirigentes estudiantiles (voceros Aces) se demuestra lo peligroso que es el uso del instrumento penal para sancionar dirigentes sociales y políticos.
Por otra parte, el proyecto propone establecer como agravante de los delitos contra las policías el uso de capuchas o actuar en grupo o despoblado. Esto solo puede ser un intento por sancionar vía agravante, a quienes protestan y se manifiestan en las calles. Nuevamente, la apertura de la regulación abre la puerta a un uso distorsionado de la ley y permitirá perseguir a las personas por el solo hecho de como se expresan y no por las conductas realizadas. La posibilidad de montajes se eleva exponencialmente con este tipo de normas. Además, establecerla como una agravante rompe completamente con el principio de proporcionalidad entre el actuar y la sanción penal. Son muchos los riesgos para una figura de muy discutible eficacia.
En relación con las reformas procesales, estas están dirigidas a agravar las consecuencias de la protesta y posibles acciones de violencia asociadas. Las medidas que se proponen (archivo provisional con conformidad del fiscal regional, elevar requisitos para que procesan las penas sustitutivas y la libertad condicional) tiene dos objetivos.
Por una parte, hacer más difícil que los fiscales tomen medidas para archivar los casos relativos a violencia contra policías (nuevamente un estatus privilegiado); y, por otra, que la prisión (cárcel) deje de ser la sanción de los ilícitos contemplados en la legislación, sino que sea usada como una amenaza que desincentive las protestas ciudadanas.
Así, la legislación busca transformar a la amenaza de la cárcel como un elemento de control social y no como sanción proporcional al daño cometido.
Pero son las eximentes de responsabilidad el aspecto que más llama la atención. Si bien estos ya existían en la legislación penal (arts. 410 al 413 del C. de Justicia Militar), la reforma amplía los alcances de estas eximentes. La amplía a miembros de Policía de Investigaciones (PDI) y Gendarmería. Es evidente el intento por trasladar normas desde un Código cuestionado (Chile tiene pendiente su reforma desde la condena en 2005 por parte de la Corte Interamericana en el caso Palamara Ibibarne vs. Chile).
“Aunque la normativa solo se aplicará a los hechos delictivos cometidos con posterioridad a su entrada en vigencia (…) las eximentes sí podrían tener impacto procesal ya que configurarían ley penal más favorable al funcionario investigado penalmente”.
Además, el proyecto agrega un elemento que no está en la legislación vigente, cual es que “se presumirá la necesidad racional cuando el miembro de Carabineros de Chile, de la Policía de Investigaciones de Chile y de Gendarmería de Chile fuere agredido, comprometiendo su vida o gravemente su integridad física” (art. 8 inciso final del proyecto). Esta presunción es una carta abierta al uso de la fuerza ilegítima y arbitraria, quedando luego a un difícil proceso para la víctima destruir la presunción. Esta norma en las circunstancias que hemos conocido en Chile de montajes, mentiras, ocultamientos, promesas de impunidad, etc. es de la mayor gravedad.
Pretender ampliar los espacios de impunidad de las policías en momentos de alta desconfianza con su actuar (caso Huracán, caso Catrillanca), de denuncias internacionales y nacionales sobre el uso indebido de la fuerza por parte de las policías, no parece la medida más atinada para restablecer la confianza en las instituciones. El proyecto, en estos términos, se transforma en un incentivo a la impune y al actuar ilícito por parte de las policías, intolerable en estos momentos.
Cierra el proyecto con una norma transitoria importante, pero algo tramposo y es que la normativa solo se aplicará a los hechos delictivos cometidos con posterioridad a su entrada en vigencia, con lo cual se respeta el principio de no retroactividad de la ley penal. Empero, las eximentes sí podrían tener impacto procesal ya que configurarían ley penal más favorable al funcionario investigado penalmente. Por tanto, esto no aplica a los hechos ocurridos en el marco del estallido social, pero sí envía un fuerte mensaje al interior de las instituciones policiales y a la ciudadanía por parte del Gobierno.
En definitiva, en el contexto del país, el desafío es abrir una discusión seria para reformular Carabineros y el proyecto de ley va exactamente en el sentido contrario.
[1] Art. 12: Son circunstancias agravantes. Nº 13: “ Ejecutarlo [delito] en desprecio o con ofensa de la autoridad pública o en el lugar en que se halle ejerciendo sus funciones”.
[2] Art. 9 CADH “Nadie puede ser condenado por acciones u omisiones que en el momento de cometerse no fueran delictivos según el derecho aplicable. Tampoco se puede imponer pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito. Si con posterioridad a la comisión del delito la ley dispone la imposición de una pena más leve, el delincuente se beneficiará de ello” (en el mismo sentido el art. 15 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos).
Fuente:https://www.ciperchile.cl/2020/01/13/proyecto-de-ley-proteccion-policias-y-gendarmeria-un-mal-mensaje-en-un-pesimo-momento/
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De Archivo CT (dic. 2019).
Parlamento aprueba en general ley contra la protesta, con los votos a favor de sectores del FA y abstención mayoritaria del PC.
por Francisco Flores Cobo/Izquierda Diario.
La votación de esta ley es un brutal atentado contra la movilización en general, y particularmente contra la movilización de los trabajadores en sectores claves de la economía. Lo más grave es que es que esta iniciativa impulsada por la derecha, al momento de ser votada la idea de legislar, encontró el apoyo de amplios sectores en el Frente Amplio, y la complicidad (vía abstención) de diputados del Partido Comunista como Camila Vallejo, Karol Cariola y Guillermo Teillier.
En concreto lo que hace el proyecto es imponer penas de cárcel a todo aquel que “valiéndose de una manifestación o reunión pública tome parte violenta y activamente en un hecho constitutivo de desorden público”, especificando como desorden público 6 casos concretos, dentro de los cuales el más alarmante es “Paralizar o interrumpir algún servicio público de primera necesidad, entendiéndose por tales los servicios de transportes, hospitalarios, de emergencia, de electricidad, de combustible, de agua potable y de comunicaciones, afectando gravemente su funcionamiento”. Esto significará que, por ejemplo, si los trabajadores de un hospital se van a huelga, afectando el funcionamiento del hospital, podrán ser encarcelados, lo mismo con los trabajadores del Transantiago ( hoy RED), del metro, de los puertos, etc.
Por otro lado, impone penas de cárcel (hasta 5 años de presidio) a cualquier tipo de manifestación que implique una barricada o el lanzamiento de objetos contundentes, es decir, lanzar una piedra podría obtener la misma pena que asesinar a una persona, realmente inaudito.
Que este proyecto tuviera como objetivo terminar con los saqueos, es solamente demagogia del gobierno, más aún cuando ha quedado demostrado que varios de sus militantes alentaban y organizaban los mismos saqueos para justificar la represión.
Lo que realmente buscan es prevenir la entrada en escena de los trabajadores que juegan un rol clave en la economía, ese es su mayor miedo, porque saben que son justamente esos trabajadores los que tiene el suficiente poder para derrotar al gobierno.
La táctica del Frente amplio y el Partido Comunista
Que la derecha haya impulsado este proyecto quizás no sea tan sorprendente, pero sí lo es que organizaciones que se dicen de izquierda hayan votado a favor o se hayan abstenido en la votación general de un proyecto de este tipo, dejando la puerta abierta a que siga su curso, en vez de rechazarlo de plano.
La excusa que plantean es que al momento de «legislar en particular», votaron en contra de las medidas que criminalizaban la protesta social. Pero esa táctica al interior del parlamento no es nueva y solo ha traído derrotas, como ocurrió con el estatuto laboral juvenil o la reforma de pensiones. Lo que hicieron en concreto fue darle “luz verde” a la derecha para que en la votación de cada numeral en particular, pudieran ganar todas sus propuestas represivas.
Por un lado, la mayoría del Frente amplio, con sus principales figuras como Boric, Jackson, Gael Yeomans, o Gonzalo Winter, votaron a favor de la idea de legislar este proyecto, para luego “disputar” su contenido en las votaciones particulares. ¿Si el contenido de la ley era claramente anti-movilizaciones, por qué votar la idea de legislar? ¿Por qué no tomar una postura clara y de rechazo contundente al populismo penal del Piñera? Pareciera ser que la principal preocupación de estos sectores del FA es salvaguardar la estabilidad del gobierno.
Y, por otro lado, el Partido Comunista se abstuvo en la votación del proyecto en general (a excepción de los diputados Gutiérrez y Labra, que votaron en contra) con sus principales figuras como Camila Vallejo y Karol Cariola guardando silencio frente a uno de los proyectos que será recordado como uno de los más represivos en la historia del país.
Estos partidos terminan cayendo en los juegos y trampas de la derecha. En un país donde los grandes empresarios nos roban todo, ahora nos quieren robar lo más elemental: el derecho a manifestarnos, y más importante aún, el derecho a la huelga en los sectores claves de la economía. Todo Chile sabe que si millones no salíamos a las calles, con marchas, cacerolazos, paros, cortes de ruta, jamás nos hubieran tomado en cuenta, pero el FA y el PC siguen confiando y creyendo que en la cocina parlamentaria o en las instituciones de este régimen encontraremos la solución a nuestras demandas, y con ello, nuevamente confirman que su estrategia solo nos llevara a mas derrotas.
Enfrentemos la represión del gobierno con movilización
De aprobarse esta iniciativa en el Senado, las consecuencias serán gravísimas y no podemos permitirlo. Es urgente que todas las organizaciones sociales, de izquierda, organismos de DDHH, centrales sindicales y toda la población, convoquen a nuevas movilizaciones para derrotar la agenda represiva de piñera. Particularmente organizaciones como la CUT (dirigida por el PC, cuyo bloque votó dividido entre la vergonzosa abstención y 2 diputados que rechazaron) que es parte de la Mesa de Unidad Social, no pueden junto a otras organizaciones sindicales y sociales deben rechazar esta ley, no aceptar que se pasen a llevar cuestiones tan elementales como el derecho a huelga y la manifestación social y convocar a la movilización y el paro para derrotar esta ley represiva en el Senado.
Más que nunca es necesario que utilicen toda su energía para llamar a nuevos paros nacionales, para que podamos articular un plan de lucha ascendente, con el objetivo de preparar una gran huelga general. Será solo de esa forma en que podremos terminar con el lobby en la cocina parlamentaria e imponer una asamblea constituyente realmente libre y soberana, para dejar de discutir las migajas que ofrece el gobierno y pelear por destruir desde sus bases la explotación y opresión de todo este sistema neoliberal.
Jueves 5 de diciembre de 2019.
Fuente: http://www.laizquierdadiario.cl/Parlamento-aprueba-en-general-ley-contra-la-protesta-con-los-votos-a-favor-de-sectores-del-FA-y
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Definitivamente el gobierno de Piñera tiene al pueblo chileno «pa la patá y el combo» y mientras no haya alternativa unitaria «aguanta pa qué viniste».
La represión no ACABará con un cambio de director de pacos ó ministro de interior.
El problema es el régimen y sus políticas de violaciones a los DDHH, mucha culpa de esto la tiene la «oposición» política , quien con el famoso acuerdo por la «paz» le dio chipe libre a este gobierno de sádicos, psicópatas y asesinos encabezados por larroulet-piñera, lo hicieron también para no perder parte de sus privilegios.
Las violaciones sistemáticas a los DDHH es política de Estado de este gobierno represivo
No descansemos hasta que estos genocidas sean juzgados por la Corte Penal Internacional por delitos de lesa humanidad.
No podemos permitir nuevamente en Chile impunidad con los Asesinos del pueblo.
Hasta el momento estos son los Criminales que deben ser llevados a la justicia:
presidente SEBASTIAN PIÑERA ;
ex ministro de interior VICTOR PEREZ ;
ex ministro de interior GONZALO BLUMEL ;
ex ministro de interior ANDRES CHADWICK ;
director de carabineros MARIO ROZAS ;
general de carabineros jefe de la zona metropolitana ENRIQUE BASSALETTI ;
comandante en jefe del ejército RICARDO MARTINEZ M ;
ex ministro de defensa ALBERTO ESPINA ;
ministro de justicia HERNAN LARRAIN ;
ex intendenta de santiago KARLA RUBILAR ;
intendente actual FELIPE GUEVARA ;
director de la pdi HECTOR ESPINOZA V.
general Jorge Ávila, exjefe de Fuerzas Especiales de Carabineros;
general de carabineros Jean Camus, director de Logística;
general de carabineros Hugo Zenteno, jefe de Zona de Valparaíso;
general de carabineros Mauricio Rodríguez, jefe de la Zona Metropolitana;
general de carabineros Jorge Valenzuela, director Nacional de Apoyo a las Operaciones Policiales;
El genocida de Mario Rozas , debe ser entregado a la justicia por las miles de violaciones a los DDHH de la jauría verde.
Al llamarlo a retiro lo premiaron pues seguirá recibiendo sueldo con dinero de todos los Chilenos
El pueblo no debe olvidar a este cobarde criminal protegido de La Moneda por su mayor representante SPiñera