Mauricio Weibel por desaparición de su padre: “Es una resolución que hace justicia después de 46 años”.
por Osciel Moya Plaza/DiarioUchile.
La Corte Suprema confirmó condenas para responsables de la desaparición de cinco militantes de izquierda ¨[ver nota de más abajo, Editor CT], entre ellos el secretario general de las Juventudes Comunistas, José Weibel de 33 años, padre del periodista e investigador, Mauricio Weibel.
“No son muchas sociedades que son capaces de construir su futuro a partir de situaciones traumáticas”, señaló el periodista e investigador, Mauricio Weibel Barahona, al destacar el fallo de la Segunda Sala de la Corte Suprema que ratificó las condenas contra ex agentes del Comando Conjunto que participaron en la desaparición de cinco militantes de izquierda, entre ellos su padre, José Weibel Navarrete, secretario general de las Juventudes Comunistas.
La resolución del Máximo Tribunal se da en el contexto en que las fuerzas políticas y sociales discuten si avanzan hacia la construcción de un país más inclusivo y democrático o se queda anclado en la actual constitución. De ahí la importancia de un fallo que ratifica que los crímenes de lesa humanidad son imprescriptibles, ya que desestima la media prescripción invocada por la defensa de los genocidas y de cierta manera, también reconoce la lucha de las familias que durante años exigen justicia.
“Es una resolución que hace justicia después de 46 años. Una resolución que se enmarca dentro de lo que ha sido una larga construcción de memoria, de verdad, de los movimientos de derechos humanos. Es una resolución que esperábamos por cierto, porque en el caso de mi padre teníamos antecedentes de quiénes eran los secuestradores, los asesinos, hace casi 40 años. Por lo tanto, es una resolución que en ese sentido contribuye a un país para que en el futuro, ojalá no se repita nuevamente esta situación”, señaló Weibel.
El fallo confirmó las condenas contra ex agentes del Comando Conjunto, organismo creado para perseguir y exterminar a los militantes del Partido Comunista, quienes participaron en los secuestros calificados de Carlos Sánchez Cornejo; Francisco Hernán Ortiz Valladares; José Santos Rocha Álvarez; José Weibel Navarrete y Mariano Turiel Palomera.
José Weibel tenía 33 años al momento de ser detenido en la vía pública, el 29 de marzo de 1976, mientras viajaba en un bus de la locomoción colectiva con su esposa, María Teresa Barahona Muñoz, y sus dos hijos, Mauricio (9) y Alvaro Weibel Barahona (6).
Para el periodista llegar a este momento, “si bien ha sido un camino dificultoso de mucho trabajo, efectivamente creo que con el tiempo, como sociedad, hemos logrado ir construyendo verdad, justicia y memoria. En la larga historia de la humanidad sólo dos países han logrado hacer esto, que son Chile y Argentina. En Uruguay no existe, ni existirá justicia, tampoco en Brasil o en Bolivia. La verdad es que si bien siempre va a faltar más justicia, hay que reconocer que se lograron cosas importantes y en otros países de América Latina no ha existido y eso también tenemos que valorarlo. Siempre digo donde estuvo preso (José) Mujica hay un mall, donde estuvo presa la Presidenta (Michelle) Bachelet es un Parque por la Paz y eso muestra la diferencia entre los procesos de dos situaciones muy distintas”.
Weibel destacó que en el fallo de la Corte Suprema se ratificó que los crímenes de lesa humanidad son imprescriptibles y esto responde a la resolución de la Corte Interamericana de DD.HH. “Lo que sucedió fue que después de la detención de Pinochet en Londres, el Estado chileno se comprometió a sancionar a los represores, a los agentes de la dictadura. Pero en la Corte Suprema inventaron esta figura de la media prescripción, o sea que los crímenes de lesa humanidad que son imprescriptibles, podían ser prescritos y esto es una barbaridad jurídica”, dijo el profesional.
Agregó que el año pasado, “la Corte Interamericana de Derechos Humanos estableció que aquello era inaceptable, que era algo que no se podía tolerar y obligó a la Corte Suprema a rehacer los fallos que habían dictado esta media prescripción y estableció un estándar. O sea, les dijo no se puede, es inaceptable emitir fallo aplicando medidas que prescripciones, es un error jurídico y eso es lo que ha hecho que desde el año pasado, gracias a ese aporte, a esa jurisprudencia aceptada por la Corte Interamericana el Estado chileno, ya no puede aplicar más la media prescripción”.
En este contexto y dado el escenario que vive el país ad portas de aprobar una nueva constitución política, Weibel dijo que “lo más relevante hoy día es que estamos construyendo un país distinto y tenemos la posibilidad de construir un país solidario, un país paritario, un país democrático y creo que la gran experiencia que podemos plantearnos entre todos y todas, es que a 50 años casi del golpe militar, la sociedad chilena está construyendo su futuro desde el diálogo, desde la política en el sentido más griego más puro”.
Puntualizó que “ese es un gran ejemplo para el mundo, porque no son muchas sociedades que son capaces de construir su futuro a partir de situaciones traumáticas, a partir del diálogo, de la democracia, a partir de la tolerancia y creo que ese es un tremendo aporte un tremendo ejemplo que la sociedad chilena está dando a las nuevas generaciones”.
Fuente: https://radio.uchile.cl/2022/07/21/mauricio-weibel-por-desaparicion-de-su-padre-es-una-resolucion-que-hace-justicia-despues-de-46-anos/
Suprema confirma condenas contra agentes del Comando Conjunto
por DiarioUchile.
La decisión del máximo tribunal es por el secuestro calificado de cinco militantes comunistas en 1975 y 1976. Con esto, los ministros de la Segunda Sala desestimaron rebajar las penas a dos oficiales de la Armada.
La Segunda Sala de la Corte Suprema dejó a firme las condenas en contra de ex uniformados y agentes del Comando Conjunto acusados del secuestro calificado de Carlos Sánchez Cornejo, pensionado de correos y telégrafos, detenido el 17 de diciembre 1975; Francisco Hernán Ortiz Valladares, mueblista, detenido el 30 de octubre 1975; José Santos Rocha Álvarez, artesano textil, detenido el 31 de octubre 1975; José Weibel Navarrete, dirigente de las Juventudes Comunistas, ocurrido el 29 de marzo de 1976 y el ingeniero hidráulico Mariano Turiel Palomera, el 15 de julio del mismo año.
De esta manera, los ministros Haroldo Brito, Jorge Dahm, María Teresa Letelier, Diego Simpertigue y la abogada integrante Pía Tavolari, rechazaron los recursos de casación presentados por la defensa de dos de los sentenciados en contra del fallo dictado por la Corte de Apelaciones de Santiago en abril del 2019, los que buscaban la rebaja de sus penas mediante la aplicación de la media prescripción, lo cual fue desestimado por el tribunal.
De este modo, la Corte desestimó modificar las condenas del oficial de la Armada Daniel Guimpert Corvalán y lo condenó a la pena de doce años de presidio mayor en su grado medio, como autor de los delitos de secuestro calificado, en carácter de consumado, respecto de las tres víctimas.
Lo mismo para el también miembro de la Armada Carlos Hernán Rodrigo Villarreal a quien se le ratificó su condena de 5 años y un día de presidio mayor en su grado mínimo, como coautor del secuestro calificado consumado de José Weibel Navarrete.
Señalar que el tribunal dejó a firme lo resuelto por el tribunal de alzada capitalino, el cual había ratificado previamente lo fallado por el ministro Miguel Vásquez Plaza, a cargo del proceso y quien dictó sentencia de primera instancia.
En dicha sentencia se condenó a los oficiales de la FACH Freddy Ruiz Bunger (fallecido en el intertanto), a Juan Francisco Saavedra Loyola y al oficial de Carabineros Manuel Muñoz Gamboa, a la pena de 18 años de presidio por los secuestros calificados de las cinco víctimas.
El tribunal condenó al también oficial de la FACH, Benedicto Quiroz Reyes (fallecido en el intertanto), a la pena de 6 años de presidio por secuestro de Mariano Turiel Palomera.
Del mismo modo, al Carabinero Alejandro Sáez Mardones y al militar de la FACH Roberto Flores Cisternas, a la pena de 5 años y un día de presidio por secuestro calificado de José Weibel Navarrete.
El abogado Nelson Caucoto, representante de 3 de las 5 víctimas expresó que “La Corte Suprema ratifica una vez más que la media prescripción no se aplica en crímenes de lesa humanidad. Un nuevo proceso contra el Comando Conjunto llega a su fin con fallo del máximo tribunal. Definitivamente los crímenes de esa organización han quedado al descubierto y la administración de justicia ha cumplido con su función al sancionarlos. Una gran pena por no haber ubicado el paradero de las víctimas, y ello revive la obligación del Estado de Chile y de sus autoridades por ubicarlos, sin renuncios y haciendo los máximos esfuerzos en ese sentido”, señaló.
El Comando Conjunto operó entre los años 1975 y 1976. Estaba conformado por agentes de la dirección de inteligencia de la Fuerza Aérea, DIFA, de carabineros. DICAR, armada, SIN, y Ejército, DINE, y más civiles, siendo su principal objetivo la represión de la Juventud Comunista y el Partido Comunista, para lo cual se procedía a la detención de personas vinculadas a dicho partido, las que eran privadas de libertad para la obtención de información mediante tortura física y psicológica, y posteriormente liberadas o trasladadas con destino desconocido o asesinadas.
Los hechos
De acuerdo a los antecedentes recabados por el tribunal, se pudieron establecer los siguientes hechos:
Que, el 17/12/1975 Carlos Sánchez Cornejo, militante del Partido Comunista, salió de su domicilio ubicado en esta ciudad, población Huemul N°2 en horas de la tarde para comprar el periódico vespertino, siendo detenido por agentes del Comando Conjunto, conducido a Remo Cero, lugar en que fue visto por otros detenidos y desde donde se pierde su rastro.
Que, el 29/03/1976, en circunstancias que José Weibel Navarrete viajaba en el bus 9046 del recorrido Américo Vespucio, patente SL-45 , en compañía de su cónyuge y 2 hijos menores, agentes del denominado comando conjunto interceptaron y abordaron dicho bus, y aprovechando un alboroto por un presunto robo lo bajaron a la fuerza, subiéndolo a un vehículo que lo trasladó al recinto de detención La Firma, también se le mantuvo en la Casa de solteros de los conscriptos de FACH, agentes del Comando Conjunto, en Bellavista N° 125, de allí fue sacado por los jefes de los grupos operativos, ignorándose su destino final.
Que, en la tarde del día 30/10/1975, alrededor de las 18:30, fue detenido el miembro del Partido Comunista de Chile, Francisco Hernán Ortiz Valladares, en su taller de mueblería ubicado en el interior de su domicilio de calle Romero N° 3016, por dos individuos de civil, quienes los sacaron del sector en un automóvil conducido por un tercer individuo. (SIC) Alrededor de las 23:30 de ese mismo día, unos ocho individuos de civil, portando metralletas ingresaron al domicilio de Raúl Armando Castro Vega, saltando la reja exterior del inmueble, los que mantenían en su poder detenido y esposado a Ortiz Valladares, lugar donde en el mes de septiembre de ese mismo año había hecho un clóset; manifestando uno de los sujetos que buscaban un doble fondo en el clóset en que se ocultaran armas o documentos, al no encontrar nada se retiraron del lugar en cuatro automóviles, y desde esa fecha se encuentra desaparecido, ignorándose su paradero.
Que, en la madrugada del día 31/10/1975, entre las 3:00 y 4:00 horas, fue detenido en su domicilio de puerto Aysén, sitio 155, población Las Casas, comuna de Barrancas, el miembro del Partido Comunista José Santos Rocha Álvarez, conocido y relacionado políticamente con Ortiz Valladares, por personas de civil que se movilizaban en 3 vehículos y, en aquel lugar fueron encontradas armas de fuego, ambos detenidos fueron llevados con destino desconocido, siendo visto Ortiz Valladares posteriormente en Remo Cero, lugar donde fue interrogado y torturado y se le confeccionó ficha de investigación política por agentes de dicho comando, fechada el 04/11/1975, y a Rocha Álvarez, se le confeccionó el mismo tipo de ficha el 02/11/1975, ignorándose el destino final de ambos.
Que, el día 15/07/1976, a las 8:00 horas, salió de su domicilio junto a su esposa, el miembro de las Juventudes Comunistas de Chile, Mariano León Turiel Palomera, aquella para ir a su trabajo y éste para realizar diferentes trámites. Ese día retiró ropa de una tintorería en Calle Merced, entre Ahumada y Bandera, y también dinero para un subsidio habitacional en el Banco Estado, ubicado en Bandera con San Pablo, desde donde se pierde su rastro.
Con posterioridad a la desaparición de Turiel Palomera, se hizo llegar a tribunales un anónimo cuyo autor refiere que el militante de las Juventudes comunistas Mariano León Turiel Palomera, fue detenido cerca de la Estación Mapocho por el denominado Comando Conjunto, que los aprehensores materiales fueron el equipo de agentes de la Armada de Chile pertenecientes a dicho comando, lo que tiene plena coincidencia con el lugar del que se pierde el rastro de Mariano León Turiel Palomera ese día 15/07/1976”.
Fuente: https://radio.uchile.cl/2022/07/21/suprema-confirma-condenas-contra-agentes-del-comando-conjunto/
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Fuente de las fotografías: https://www.elciudadano.com/chile/corte-suprema-confirma-fallo-que-condeno-a-agentes-del-comando-conjunto-por-desaparicion-de-tres-militantes-comunistas-en-1975-y-1976/07/20/
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En relacion a los que dice Mauricio sobre La situacion Museos de la Memoria en Uruguay. En Uruguay existen 28 sitios de Memoria segun el «Nuevo catálogo de sitios y señalizaciones de la Comisión Nacional Honoraria de Sitios de Memoria» (Sept-2021) El Museo de la Memoria de Montevideo tiene, 4 hectareas. Es un espacio muy bien disenado para largas visitas guiadas. Mas sobre este: Museo de la Memoria (Montevideo, Uruguay) youtube.com