Ni tan absuelto: si bien general fue eximido por lavado de activos, el veredicto acreditó malversación de dineros públicos
La Justicia Civil absolvió al ex comandante en jefe por lavado de activos, pero estableció malversación de caudales públicos, un delito que investiga la Justicia Militar. Se acreditó el uso de $10 millones mensuales para su casa, $6 millones al mes para uso personal, viáticos improcedentes de hasta US$3.000 y un maletín con $120 millones en efectivo cuando dejó su cargo.
La absolución del ex comandante en jefe del Ejército, general (r) Juan Miguel Fuente-Alba Poblete se tomó las portadas de la prensa nacional. En un veredicto unánime, el 4° Tribunal Oral en lo Penal de Santiago desestimó la acusación de lavado de activos en contra de Fuente-Alba, criticando en el escrito el trabajo de la fiscalía, liderada por el fiscal José Morales, y la Policía de Investigaciones.
Sin embargo, en la amplia cobertura de la determinación judicial pasó por alto un elemento importante que complica al ex comandante en jefe. El veredicto del tribunal estableció “más allá de toda duda razonable” como un hecho que Fuente-Alba, durante el periodo que se desempeñó como comandante en jefe del Ejército (2010 a 2014), destinó recursos fiscales recibidos por concepto de gastos reservados para “finalidades diversas a las establecidas por la ley”.
La justicia acreditó, en total, cuatro de los ocho hechos correspondientes a malversación de caudales públicos que acusó fiscalía.
Esto “constituye un hecho típico y antijurídico que cumple con la descripción de la figura de malversación de caudales públicos”, reza el veredicto, apuntando así la presencia de un delito por el cual no fue imputado el general en retiro. Esto último ya que la Justicia Civil sólo investigó el delito de lavado de activos, siendo la malversación de caudales públicos una imputación investigada por la Justicia Militar, mediante la causa que llevaba anteriormente la ex ministra en visita Romy Rutherford, y que hoy recae en la jueza de la Corte Marcial, Ana María Osorio.
La justicia acreditó, en total, cuatro de los ocho hechos correspondientes a malversación de caudales públicos que acusó fiscalía. (Lea acá el veredicto completo).
Primero, disponer de “una cantidad de dinero para su uso y beneficio personal ascendente a la suma de 6 millones de pesos mensuales, ordenada por el propio imputado”. Segundo, “gastos de funcionamiento y mantención de la casa destinada al CJE por $10 millones de pesos mensuales”. También se estableció la entrega de “$120 millones de pesos en dinero efectivo provenientes de gastos reservados, recibidos en marzo de 2014, una vez que había terminado su periodo como comandante en jefe” y, por último, se acreditaron “pagos adicionales al viático que recibía el imputado por las comisiones de servicio al extranjero, en razón de sumas entre 3.000 a 5.000 dólares por comisión”.
En el veredicto absolutorio en la arista de lavado de activos, el tribunal estableció como un hecho que la cónyuge de Fuente-Alba utilizaba mensualmente cerca de $2 millones de los $10 millones en fondos reservados para “gastos de funcionamiento y mantención de la casa destinada al Comandante en Jefe” en “compras de regalos”.
Todos estos recursos malversados provenían de fondos reservados del Ejército, los cuales, según se explica en el veredicto, tienen como “destino exclusivo […] las materias y requerimientos propios de la seguridad interna y externa”, estimando entonces el tribunal que estos recursos públicos fueron gastados en fines distintos a los que tienen establecidos por ley.
Dada la naturaleza secreta de los fondos reservados, no existe rendición de cuentas ni registros de su utilización. Esto último no impidió que el tribunal estableciera como un hecho, por ejemplo, que la cónyuge de Fuente-Alba, Anita María Pinochet, utilizara cerca de $2 de los $10 millones en fondos reservados que disponían para “gastos de funcionamiento y mantención de la casa destinada al Comandante en Jefe” en “compras de regalos”.
Regalos, viáticos millonarios fuera de la ley y un maletín lleno de dinero: el destino de los fondos reservados en manos de Fuente-Alba según la Justicia
El primer hecho imputado al general (r) Fuente-Alba y que el tribunal dio como acreditado gracias a “diversas probanzas rendidas en juicio y que inciden en esta imputación”, es “una cantidad de dinero para su uso y beneficio personal ascendente a la suma de $6 millones de pesos mensuales, ordenada por el propio imputado mientras se desempeñó como comandante en jefe del Ejército”.
Según el testimonio del jefe del Departamento de Finanzas del Ejército, Jorge Cortés, Fuente-Alba recibía $6 millones en efectivo “cada mes, de forma sistemática, dinero que provenía de los fondos que recibía anualmente desde la Dirección de Finanzas del Ejército”.
Aquel testimonio fue respaldado por un funcionario de la PDI, quien accedió a manuscritos confeccionados por Cortés donde se detallaba la distribución de gastos reservados del Ejército, “figurando una suma de 6 millones de pesos mensuales que quedaban a disposición del Comandante en Jefe para su uso personal”.
El propio Fuente-Alba no discutió recibir dicho dinero, pero aseguró que estos eran destinados a labores de inteligencia, contrainteligencia, seguridad y levantamiento de información. En opinión de la Justicia, “tomando en cuenta la naturaleza variable de este tipo de labores en función de necesidades y circunstancias específicas, no resulta creíble que su desarrollo demandara exactamente la misma cantidad de dinero cada mes”, teniendo además el Ejército un Departamento de Inteligencia “que contaba con presupuesto público para el desarrollo de ese tipo de tareas”.
En segundo lugar, el tribunal dio como acreditado el uso de $10 millones mensuales en gastos de funcionamiento y mantención de la casa fiscal del comandante en jefe. Rodrigo Hidalgo, quien se desempeñó como oficial de Órdenes de la Comandancia en Jefe al interior de la casa de Fuente-Alba, indicó que el jefe de Finanzas le entregaba mensualmente $10 millones de pesos. “[Hidalgo] explicó que este monto era fijado por el Comandante en Jefe junto al señor Cortés y los dineros eran invertidos en diferentes actividades”, todo con fondos reservados destinados a “materias y requerimientos de la seguridad interna y externa”.
De estos $10 millones, $8 millones eran destinados al “pago de cuentas, mantenciones de jardínes, piscina, alimentos, lavandería, piano, vidrios, etc.”, según consta del veredicto del tribunal. El resto se gastaba bajo el criterio de la esposa de Fuente-Alba, Anita María Pinochet, siendo manejados por un funcionario “para compras de regalo que hacía la señora, así como para imprevistos que se podían presentar”.
“Eran cosas gastronómicas que se compraban en la tienda de la señora Verónica Blackburn, o de vestir adquiridos en tiendas como Hermes en Alonso de Córdova o Pineda Cobalin, ubicada en el primer piso del subterráneo del hotel W”, indica el funcionario en su declaración.
Además, se indica que para eventos en la casa, “en algunos casos se ocupaban gastos reservados para pagar todo lo relativo a la ornamentación, licores, flores, color de las mesas, luces y menú, cuestiones que eran definidas por el matrimonio”.
En cuanto a la defensa del ex comandante en jefe, el veredicto indica que “se desestimó la tesis de defensa en orden a que los gastos reservados servían para cubrir, exclusivamente, necesidades de seguridad de la casa comando, dado que los destinos antes dichos, no se encuadran en requerimientos de esa índole”.
En tercer lugar, el tribunal dio por acreditado la entrega de “$120 millones de pesos en dineros en efectivos provenientes de gastos reservados, recibidos en marzo del 2014, una vez que [Fuente-Alba] había terminado su periodo como comandante en jefe del Ejército”.
De acuerdo con el documento emanado del 4° TOP de Santiago, los testimonios de los dos funcionarios que hicieron entrega de los dineros a Fuente-Alba “entregaron información coherente y complementaria en torno a las circunstancias relativas a este supuesto”. Entre éstas, los funcionarios declararon que el dinero en efectivo “se guardaba físicamente en una caja de seguridad, pero además, recalcaron que estos dineros, en específico los $120 millones, se encontraban guardados en un compartimiento especial”.
Ambos declaran que estos fueron entregados al ex comandante en jefe del Ejército una vez terminado su periodo, llamando la atención del tribunal “que la entrega se efectuara después de que Fuente-Alba Poblete dejara la Comandancia en Jefe del Ejército, lo que denota el claro entendimiento por parte del acusado de que dichos dineros le pertenecían por haberse devengado durante su periodo”.
Por último, el cuarto hecho consistente con el delito de malversación de caudales públicos corresponde a “pagos adicionales al viático que recibía el imputado por las comisiones de servicio al extranjero, en razón de sumas entre $3.000 y $5.000 dólares por comisión”.
El propio Fuente-Alba no discutió recibir dicho dinero, pero aseguró que estos eran destinados a labores de inteligencia, contrainteligencia, seguridad y levantamiento de información. En opinión de la Justicia, “tomando en cuenta la naturaleza variable de este tipo de labores en función de necesidades y circunstancias específicas, no resulta creíble que su desarrollo demandara exactamente la misma cantidad de dinero cada mes”,
La acreditación de lo anterior se da gracias a la declaración del jefe de Finanzas de la Comandancia en Jefe del Ejército, pero también es algo que reconoce el propio Fuente-Alba, según detalla el veredicto.
Pero, ¿por qué el ex comandante en jefe del Ejército fue absuelto y puesto en libertad? Porque el delito de malversación de caudales públicos no fue imputado por la fiscalía a Juan Miguel Fuente-Alba, siendo éste investigado por la Justicia Militar, en una causa que como ya se mencionó se encuentra en proceso de investigación y que lleva la jueza de la Corte Marcial, Ana María Osorio, misma investigación que en su momento llevó como ministra en visita la jueza Romy Rutherford.
Ni tan absuelto
A falta de una explicación en los medios nacionales, el ex fiscal Carlos Gajardo desarrolló a grandes rasgos las conclusiones del veredicto del 4° TOP de Santiago a través de su cuenta en Twitter y explicó de qué se absolvió al ex comandante en jefe —y qué se probó en su contra.
“Existen dos causas paralelas, una por malversación de caudales públicos mientras Fuentealba fue CJE, que la investiga actualmente la ministra Osorio y antes la ministra Rutherford en la Justicia Militar. Esa investigación sigue abierta”, indicó el abogado.
En simple y como explicó una fuente en una corte nacional contactada por Interferencia, “si yo pruebo que cometiste un homicidio pero te acusé de robo, no te van a condenar [en esa instancia] por homicidio”.
Respecto al veredicto absolutorio en la Justicia Civil, éste “se dictó en el caso que lleva la fiscalía y es sólo por el delito de lavado de activos”, indicando el propio veredicto “que se acreditó el delito base de malversación de caudales durante los años 2010 a 2014”, por lo tanto, el tribunal dio por acreditado aquel hecho antijurídico cometido por Fuente-Alba “pero indicó que la fiscalía no logró acreditar que ese dinero mal habido luego fuera lavado, criticando a la fiscalía por una deficiente investigación”.
En simple y como explicó una fuente en una corte nacional contactada por Interferencia, “si yo pruebo que cometiste un homicidio pero te acusé de robo, no te van a condenar [en esa instancia] por homicidio”.
El veredicto del 4°Tribunal en lo Penal de Santiago explica, a su vez, la necesidad de investigar el delito de malversación de caudales públicos como “delito base” para determinar la imputación de lavado de activos.
“Como cuestión previa, el Tribunal comparte la posición asumida por la doctrina, y recogida por la jurisprudencia, en cuanto a que el delito de lavado de activos constituye, en sí mismo, una figura penal autónoma, sin embargo, necesariamente vinculada a un delito base, que en este caso corresponde al de malversación de caudales públicos, de manera que los supuestos o imputaciones atribuibles a éste, también debieron ser acreditados en este juicio”, se lee en el veredicto, agregándose que “a este respecto, cabe señalar que el delito previo no requiere el mismo estándar probatorio del lavado, en esta instancia, pero sí supone acreditar sus aspectos esenciales y el nexo con los activos cuestionados.
Fuente: https://interferencia.cl/articulos/ni-tan-absuelto-si-bien-general-fuente-alba-fue-eximido-por-lavado-de-activos-veredicto
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