Los privilegios de un abusador sexual en Chile.

Despublicación” de prensa del caso Macaya: La inédita medida de un tribunal hacia medios.

por Seguel Alfredo.

El tribunal de San Fernando ordenó la despublicación de prensa sobre Eduardo Macaya Zentilli por violar la privacidad de víctimas menores según la Ley Antonia lo que afecta a medios

En una resolución sin precedentes, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Fernando ordenó la “despublicación” de artículos de prensa de los diarios La Tercera y La Cuarta, alcanzando asimismo a otros medios.

 Estos artículos de prensa estaban relacionados con Eduardo Macaya Zentilli, padre del senador UDI Javier Macaya, declarado culpable por dos casos de abuso sexual a menores. La medida se basa en que los datos contenidos en las publicaciones permiten la individualización de las víctimas menores de edad, lo que infringe la Ley Antonia de protección a víctimas de delitos sexuales, vigente desde diciembre de 2022, según destacó El Mostrador.

La medida, según el medio, fue solicitada por la Defensoría de la Niñez y notificada a los medios mencionados. En junio de 2023, Macaya Zentilli fue formalizado y se le impuso prisión preventiva. Sin embargo, en julio, la Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Rancagua revocó esta medida, permitiéndole continuar bajo arresto domiciliario total tras el pago de una fianza de $150 millones. Durante este proceso, el tribunal decretó la prohibición de difundir las identidades de las víctimas y detalles del caso, restringiendo el acceso a los medios y al público a las audiencias.
 
La “despublicación” se define como “retirar del acceso público un contenido en un entorno digital” y debe ser cumplida estrictamente por los medios mencionados, según la resolución judicial. El reportaje de La Tercera, titulado “Expediente Macaya: las desconocidas pruebas del juicio por abusos sexuales en que se condenó al empresario”, fue señalado por revelar pruebas incorporadas en el juicio, violando la reserva de la carpeta investigativa. El artículo de La Cuarta, titulado “Cuando vi los videos, quedé de una pieza: las desconocidas pruebas que terminaron por condenar a Eduardo Macaya”, también fue objeto de la resolución por razones similares.
 
La orden de despublicación se dicta bajo apercibimiento de incurrir en el delito de desacato, sancionado por el artículo 240 del Código de Procedimiento Civil. Los antecedentes serán enviados a la Fiscalía Local de San Fernando para investigar la participación de los periodistas Leslie Ayala y Diego Ramírez, autores de los reportajes en La Tercera y La Cuarta, respectivamente, junto con cualquier otra persona que resulte responsable.
 
Una copia de la resolución, con la información sensible de las víctimas y los hechos de la causa tachada, fue remitida a otros medios, incluyendo El Mercurio, EMOL, Las Últimas Noticias, Publimetro, Radio ADN, Radio Agricultura, Agencia Aton, Agencia Uno, Mega, Radio Cooperativa, Canal 13, TVN, Chilevisión, el Tipógrafo, el Keltehue, la Tribuna de Colchagua, La Comarca y Radio Bío Bío, consignó Diario Marino.
 

Fuente: https://www.elciudadano.com/actualidad/despublicacion-de-prensa-del-caso-macaya-la-inedita-medida-de-un-tribunal-hacia-medios/07/13/


Corte de Apelaciones de Rancagua mantiene arresto domiciliario para Eduardo Macaya tras ser declarado culpable de abuso sexual.

Tanto el Ministerio Público como los querellantes solicitaron prisión preventiva para el padre del senador y presidente de la UDI, lo que no fue acogido.

En la tarde de este sábado, la Corte de Apelaciones de Rancagua resolvió mantener las medidas cautelares de arresto domiciliario, arraigo nacional y prohibición de comunicarse y acercarse a las víctimas para Eduardo Macaya Zentilli, quien fue considerado culpable de dos delitos de abuso sexual.De esta manera, el tribunal ratificó lo determinado por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Fernando, que dispuso el pasado miércoles que el padre del senador y presidente de la UDI, Javier Macaya esperase la sentencia -que se dictará el 19 de julio- bajo arresto domiciliario. En esta ocasión, tanto el Ministerio Público y los querellantes solicitaron prisión preventiva para Macaya Zentilli.“(…) Se debe recordar que el artículo 4 del Código Procesal Penal dispone que: ‘Ninguna persona será considerada culpable ni tratada como tal en tanto no fuere condenada por una sentencia firme’, por lo que el hecho que se dicte un veredicto condenatorio en contra de un imputado, no hace variar su situación procesal, pues la condición de condenado sólo se adquiere con una sentencia condenatoria firme y ejecutoriada”, señala la resolución.
 
El tribunal, además, consideró que “la sola circunstancia de haberse comunicado veredicto de carácter condenatorio en contra del imputado no hace variar por sí sola las circunstancias que se tuvieron en consideración al momento de decretar las medidas cautelares en su contra con fecha 15 de julio de 2023, en el ingreso Corte (…), pues si bien el tribunal decidió condenarlo por dos delitos de abuso sexual previstos en el artículo 366 bis del Código Penal, aun no existe sentencia condenatoria en la causa que se encuentre firme y ejecutoriada”.
 
“Dado que la prisión preventiva pedida por el Ministerio Público y la Defensoría a de la Niñez, se basa exclusivamente en el mérito del veredicto condenatorio, resulta forzoso concluir que la misma no puede prosperar, desde que tal circunstancia no importa una variación de la necesidad de cautela que justificó, en su oportunidad, la sustitución de la prisión preventiva por una caución económica y la imposición de las otras cautelares ya referidas”, añade el tribunal.“(…) consultados expresamente por esta Corte, los intervinientes estuvieron contestes en que no existe denuncia alguna sobre el incumplimiento de las cautelares que pesan sobre el imputado. Que conforme lo dicho, considerando que no se han hecho valer por los persecutores razones adicionales al veredicto condenatorio que justifiquen intensificar la necesidad de cautela, no cabe más que confirmar la resolución apelada”, finaliza la resolución.
 
13 de julio, 2024.
 
Fuente:https://www.latercera.com/nacional/noticia/corte-de-apelaciones-de-rancagua-mantiene-arresto-domiciliario-para-eduardo-macaya/QL7O6PHCNRHBHO65ZYOQWR6NBA/#

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