Afrodesc.

Afrodesc.

El senado de la colonial República de Chile aprobó sólo 17 escaños reservados para pueblos indígenas: 7 para el pueblo mapuche, 2 para los aymara y 1 para los Rapa Nui, quechua, atacameño, diaguita, colla, kawashkar, yagán y chango. Además, éstos no son supernumerarios sino que se deducirán de los 155 definidos para Convención Constituyente. Por otra parte, el parlamento rechazó el escaño para afrodescendientes.

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