Wallmapu: A casi 19 años del asesinato de Alex Lemún, un poco de justicia.

Crimen de Alex Lemún: justicia condena a coronel de Carabineros (r) por el primer asesinato de un joven mapuche a manos de la policía chilena en democracia.

Por El Mostrador.

El entonces estudiante de secundaria de 17 años fue baleado mortalmente el 7 de noviembre de 2002 mientras participaba en la recuperación de un predio (Fundo Santa Elisa, Forestal Mininco) en la comuna de Ercilla, y falleció cinco días más tarde en una clínica de Temuco. Se trató del primer asesinato de un joven mapuche a manos de la policía chilena en democracia, y luego vinieron los casos de Matías Catrileo (2008), Jaime Mendoza Collío (2009) y Camilo Catrillanca (2018). Los primeros dos años la causa fue tramitada por la Justicia Militar, quienes resolvieron no aplicar pena ni seguir investigando, sobreseyéndola temporalmente, y solo fue reabierta a instancias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. La sentencia contra el oficial de Carabineros en retiro, Marco Treuer Heysen, se dará a conocer el lunes 25 de octubre a las 15:30 [ACTUALIZADA].

A casi 19 años del asesinato del joven mapuche Alex Lemún Saavedra, el Tribunal Oral en lo Penal de Angol dictó veredicto condenatorio contra coronel de carabineros (r) Marco Aurelio Treuer Heysen, quien el 7 de noviembre de 2002 disparó al adolescente mientras participaba en la recuperación de un predio (Fundo Santa Elisa, Forestal Mininco) en la comuna de Ercilla.

En resolución unánime, el tribunal –integrado por los magistrados Solange Sufán Arias (presidenta), Etienne Fellay Bertholet y Karina Rubio Solís (redactora)– tras la deliberación de rigor, dio por acreditado tanto la ocurrencia del delito como la participación culpable del ex jefe de la Comisaría de Angol en los hechos.

«Que, este Tribunal, luego de haberse reunido en privado para el debate de rigor, de conformidad con lo establecido en los artículos 339 y 340 del Código Procesal Penal, ha ponderado las pruebas rendidas por los intervinientes con arreglo a las normas contenidas en el artículo 297 del Código antes citado y previa deliberación, ha resuelto, en forma unánime (…), condenar al acusado Marco Aurelio Treuer Heysen, por su participación en calidad de autor del delito consumado de homicidio simple, previsto y sancionado en el artículo 391 N°2 del código penal, conforme a la legislación vigente a la época de los sucesos».

Asimismo, el tribunal no dio lugar a las alegaciones de la defensa sobre la procedencia de decretar el sobreseimiento definitivo por prescripción de la acción penal, al estimar que no concurren en la especie todos los requisitos legales; de absolución por la eximente de responsabilidad del artículo 10 N°4 del Código Penal por cuanto no concurre en el caso, la circunstancia de proporcionalidad del medio empleado, para que proceda una legítima defensa completa, y rechazó la absolución por la eximente de responsabilidad del artículo 10 N°10 del Código Penal, al obrar en cumplimiento del deber o en el ejercicio legítimo de un derecho, autoridad, oficio o cargo.

El tribunal angolino basó la decisión de condena «en la abundante prueba incorporada durante el juicio, consistente en los testimonios de los dos funcionarios de Carabineros que estuvieron presentes al momento de ocurrencia de los hechos, sumado a las declaraciones de los demás testigos, además de la prueba pericial, documental, material y otros medios, que ha permitido establecer lo esencial de los elementos fácticos de la acusación y la participación en calidad de autor del acusado en los mismos».

Probanzas que le permitieron arribar a la convicción, más allá de toda duda razonable, que alrededor de las 17 horas del 7 de noviembre de 2002, «concurrieron hasta el fundo Santa Alicia, ubicado en la comuna de Angol, cuatro funcionarios de Carabineros pertenecientes a la 1° Comisaría de Angol bajo el mando del imputado, Mayor (r) Marco Aurelio Treuer Heysen, con motivo de una ocupación de las comunidades mapuches del sector. Al llegar al lugar, los funcionarios fueron atacados por los comuneros con piedras, momentos en los cuales fueron repelidos con el uso de gases lacrimógenos y balines de goma con el fin de ser dispersados. Posteriormente, al encontrarse el imputado en una loma del mismo sector, cambió la munición de su arma de servicio que portaba, escopeta marca Winchester, modelo 1200, calibre 12 mm, la cual se encontraba apta para el disparo utilizando munición Western Super X, la cual contenía postas de plomo de 8,4 mm aproximadamente cada una, estando a una distancia aproximada entre 70 o 100 metros de distancia de la víctima Edmundo Álex Lemún Saavedra de 17 años de edad, teniendo la preparación en el uso del arma y conociendo lo letal de esta, dispara en contra del adolescente impactando una posta en la parte frontal derecha de su cabeza. Producto de la acción del imputado, la víctima fallece el día 12 de noviembre de 2002, estableciéndose como causa de muerte ‘traumatismo encéfalo craneano abierto, por proyectil de arma de fuego, sin salida del mismo'».

En la audiencia, además, el tribunal denegó la medida cautelar de prisión preventiva solicitada por el ente persecutor y los querellantes Consejo de Defensa del Estado, Instituto Nacional de Derechos Humanos y la familia de la víctima, al considerar que el arresto domiciliario total a que está sujeto Treuer Heysen, satisface en esta etapa procesal la necesidad de cautela y los fines del procedimiento.

La audiencia de comunicación de la sentencia –que será redactada por la magistrada Rubio Solís– quedó programada para las 15:30 horas del próximo lunes 25 de octubre.

El 12 de noviembre de 2002, después de cinco días de agonía, el joven estudiante de secundaria de 17 años murió en una clínica de Temuco, debido al impacto de bala en la cabeza. Se trató del primer asesinato de un joven mapuche a manos de la policía chilena en democracia, y luego vinieron los casos de Matías Catrileo (2008), Jaime Mendoza Collío (2009), y Camilo Catrillanca (2018).

Los primeros dos años la causa fue tramitada por la Justicia Militar, quienes resolvieron no aplicar pena ni seguir investigando, sobreseyéndola temporalmente. La justicia ordinaria, por su parte, solo investigó la supuesta agresión que habría recibido carabineros y en la cual Alex Lemún se encontraba en calidad de imputado.

El caso de Alex Lemún fue llevado a la Corte Interamericana de Derechos Humanos y tuvo que ser esta instancia internacional, quien solicitara reabrir el caso de su asesinato a partir del 2017.

En el proceso en la justicia civil la familia de Alex Lemún es representada por sus abogados, Sebastián Saavedra y Eduardo Painevilo del  Centro de Investigación y Defensa Sur (CID SUR).

La sentencia contra el oficial de Carabineros en retiro, Marco Treuer Heysen, se dará a conocer el lunes 25 de octubre a las 15:30.

Largo camino en la justicia

Al reabrirse el caso en la justicia ordinaria chilena, en 2018 se dicta prisión preventiva contra el coronel en retiro Marco Aurelio Treuer, acusado del homicidio de Lemún, sin embargo, se había mantenido una serie de reprogramaciones y su medida cautelar fue cambiada a arresto domiciliario.

La última vez que se había intentado reiniciar el juicio fue a principios de mayo de este 2021, pero, el coronel en retiro, único imputado por el crimen, según se manifestó, se había contagiado con Covid-19, reprogramándose para este lunes 27 de septiembre en el Tribunal Oral de Angol, cuyo tiempo trascurrido el acusado se ha mantenido con arresto domiciliario.

El joven nació el 10 de mayo de 1985. Vivía junto a su familia en la comunidad mapuche Requen Lemun, ubicada en la comuna de Ercilla, provincia de Malleco, región de la Araucanía. Por su compromiso y solidaridad hacia la comunidad y las actividades vinculadas con los reclamos por los derechos ancestrales del pueblo mapuche, la comunidad cambió su nombre a Alex Lemún después de su muerte.

Consulta el acta de deliberación aquí.

Fuente: https://www.elmostrador.cl/noticias/pais/2021/10/16/crimen-de-alex-lemun-justicia-condena-a-coronel-de-carabineros-r-por-el-primer-asesinato-de-un-joven-mapuche-a-manos-de-la-policia-chilena-en-democracia/

 


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