Chile impunidad: No al indulto para ex carabineros y ex militares condenados.

Ninguno de los 14 condenados está preso “por servir”

por Amnistía Internacional, Chile.

El presidente de Chile, José Antonio Kast, declaró en marzo de este año la posibilidad de indultar a ex carabineros y ex militares condenados por delitos de graves violaciones de derechos humanos cometidos durante el estallido social. Al respecto, Amnistía Internacional emitió una acción urgente para detener esta situación que supondría un grave incumplimiento de las obligaciones del Estado según los tratados internacionales de derechos humanos ratificados por Chile. 

De las 11.506 denuncias por violaciones de derechos humanos registradas por la Fiscalía, solo 14 personas —el 0,1%— están cumpliendo actualmente una condena de prisión efectiva. Indultar al reducido número de agentes que han rendido cuentas afianzaría aún más la impunidad y socavaría los esfuerzos por reformar el cuerpo de carabineros para aumentar su legalidad y su rendición de cuentas.

Los delitos que los tribunales de justicia determinaron son por tortura, asesinato, abuso sexual, golpizas y un uso desproporcionado de la fuerza. Varias de las víctimas estaban en la calle sin participar de las manifestaciones; otras fueron golpeadas por agentes del Estado hasta generar fracturas y lesiones de por vida, incluso hubo algunas que fueron abandonadas sin prestarles ayuda ni atención.

Recientemente la diputada Javiera Rodríguez inició una campaña de apoyo a los exuniformados condenados llamada “Presos x servir” en cuyo sitio web se pueden conocer sus historias personales. Sin embargo, omite en gran medida los motivos por los cuales cumplen condena. “Omitir los hechos por los cuales estas personas fueron condenadas conlleva no sólo la invisibilización de la brutalidad de los actos que cometieron, si no también del incumplimiento absoluto de los reglamentos de carabineros y de un desprecio por la vida humana que no habíamos visto desde la dictadura”, expresa Rodrigo Bustos Bottai, director de Amnistía Internacional Chile.

La construcción de la memoria histórica respecto de los hechos ocurridos durante el estallido social es fundamental para aprender de los errores del pasado y avanzar hacia un futuro más respetuoso y digno. Desde Amnistía Internacional denunciamos las graves violaciones de derechos humanos cometidas durante ese periodo y exigimos con urgencia la necesidad de justicia y reparación para sus víctimas y familiares.

CONOCE LOS CASOS

Patricio Javier Maturana Ojeda era capitán de Carabineros y pertenecía a la 14ª Comisaría de San Bernardo. El 11 de octubre de 2022 el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Bernardo lo condenó como autor del delito consumado de apremios ilegítimos con resultado de lesiones graves gravísimas cometidas en contra de Fabiola Campillai Rojas, tras disparar de forma intencional una bomba lacrimógena con una carabina lanza-gases, impactando en el rostro de la víctima, en noviembre de 2019. La pena fue de 12 años y 183 días de presidio efectivo.

 

Henry Giovanny Cuéllar Vega era cabo segundo de Carabineros; Víctor Antonio Lastra Marguirott era funcionario de Carabineros en servicio activo. El 3 de agosto de 2023 el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Bernardo los condenó como autores por el delito de apremios ilegítimos con resultado de lesiones graves gravísimas cometidas en contra de Mario Acuña Martínez, quien fue obligado a tirarse al suelo y golpeado de forma reiterada y brutal. La pena fue de 12 años y 183 días de presidio efectivo respectivamente.

 

Belisario Alexis Morales Martínez era cabo primero de Carabineros. El 3 de enero de 2025, el Sexto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago lo condenó por dos delitos cometidos el 20 de octubre de 2019 en la comuna de La Cisterna en contra de Renzo Valentín Inostroza Canales: por un lado, lesiones graves gravísimas, por causar daño ocular permanente a un manifestante; y, por otro lado, disparos injustificados en la vía pública, por efectuar disparos con una escopeta antidisturbios fuera de los supuestos permitidos por la normativa. La pena fue de 8 años y 2 días de condena, con cumplimiento efectivo.

Luis Antonio Castillo Fernández era suboficial de Carabineros. El 18 de agosto de 2025, el Sexto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago lo condenó por el delito de apremios ilegítimos con resultado de lesiones graves gravísimas cometidos en contra de A.C.J. La pena fue de 11 años de presidio efectivo.

 

 

Gustavo José Andrés Ferrada Vásquez era cabo segundo de Carabineros y Nicolás Andrés Neira Durán era subteniente de Carabineros al momento de los hechos. El 26 de agosto de 2024 el Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago los condenó como autores del delito consumado de tortura (en un segundo juicio oral) por la agresión cometida contra Renzo Paolo Fuentealba Saldivia detenido durante el estallido social. Las penas fueron 4 años y un día y 5 años de presidio, respectivamente.

 

Pablo Andrés Carvajal Díaz era capitán de la 40° Comisaría de Fuerzas Especiales. El 2 de marzo de 2026 el 4° Tribunal Oral en lo Penal de Santiago lo condenó como autor del delito consumado de apremios ilegítimos calificados cometidos contra Brandon González Benavides el 28 de octubre de 2019. La pena es de 7 años de presidio.

 

 

José Santiago Faúndez Sepúlveda era capitán en jefe del Ejército. Carlos Javier Antonio Robledo Olguín era cabo conscripto del Ejército. El 12 de septiembre de 2023 el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de La Serena los condenó en calidad de autor de los delitos de violencia innecesaria que dieron muerte a Romario Wladimir Veloz Cortés y causaron lesiones graves a otras dos personas. La pena es de 15  y 10 años respectivamente, que incluye la inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos y oficios públicos. 

José Andrés Arenas Mancilla era cabo conscripto del Ejército. El 12 de septiembre de 2023 el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de La Serena lo condenó por el delito de violencia innecesaria causando lesiones graves cometidas contra César Antonio Véliz Cortés. La pena es de 5 años de presidio efectivo, en calidad de autor del delito de homicidio frustrado.

 

 

Pedro Gonzalo Lavín Villalobos era cabo primero del Ejército de Chile, destinado a la Brigada de Operaciones Especiales. El 28 de diciembre de 2022 el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Colina lo condenó en calidad de autor del delito consumado de apremios ilegítimos con resultado de lesiones graves gravísimas cometidas contra Carlos Javier Astudillo Ulloa. La pena es de  7 años de presidio mayor en su grado mínimo.

 

 
Mas detalles sobre cada uno de los casos en la fuente:
 
Fuente: https://amnistia.cl/indultos

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